Annonce au BORME · 2 août 2011
AEROCASTILLA SA
- Declaración de unipersonalidad
- Ceses/Dimisiones
- Nombramientos
- Modificaciones estatutarias
Registre du commerce de Valladolid · Feuille VA16507 · Inscription I/A 15 (21 juillet 2011)
Nominations
- MARTINEZ RIAZA FERNANDOAdm. Mancom.
- CALVO HERNAEZ CESARAdm. Mancom.
Cessations / démissions
- INVERDUERO EOLICA SLConsejero
- RODRIGUEZ RUIZ VICTOR MANUELConsejero
- RODRIGUEZ RUIZ VICTOR MANUELPresidente
- MARTINEZ RIAZA FERNANDOConsejero
- RUIZ CASTELLANOS ELENAConsejero
- BUITRAGO MONTORO ANA ISABELConsejero
- LHARIAS PARTICIPACIONES SLConsejero
- HORIZONTES DE CASTILLA SLConsejero
- BUITRAGO MONTORO ANA ISABELVicesecret.
- RUIZ HIDALGO CARMENSecretario
Données inscrites
- Associé unique
- IBERDROLA RENOVABLES CASTILLA Y LEON SA
- Unipersonnalité
- Déclarée
Texte publié
AEROCASTILLA SA. Declaración de unipersonalidad. Socio único: IBERDROLA RENOVABLES CASTILLA Y LEON SA. Ceses/Dimisiones. Consejero: INVERDUERO EOLICA SL;RODRIGUEZ RUIZ VICTOR MANUEL. Presidente: RODRIGUEZ RUIZ VICTOR MANUEL. Consejero: MARTINEZ RIAZA FERNANDO;RUIZ CASTELLANOS ELENA;BUITRAGO MONTORO ANA ISABEL;LHARIAS PARTICIPACIONES SL;HORIZONTES DE CASTILLA SL. Vicesecret.: BUITRAGO MONTORO ANA ISABEL. Secretario: RUIZ HIDALGO CARMEN. Nombramientos. Adm. Mancom.: MARTINEZ RIAZA FERNANDO;CALVO HERNAEZ CESAR. Modificaciones estatutarias. Artículo 9º.- Organos Sociales.- Son órganos de la Sociedad la Junta General de Accionistas y corresponde la administración, gestión y representación a los Administradores Mancomunados, cuyas funciones y régimen de actuaciíon se regulan en los artículos siguientes.. Artículo 12º.- Celebración de las Juntas Generales. Las Juntas Generales serán presididas por la persona designada porlos accionistas asistentes de entre los mismos. Actuará de Secretario, la persona designada por los accionistas asistentes de entre los mismos. Corresponde al Presidente dirigir Artículo 14º.- Organo de Administración. La Sociedad será regida y administrada, con las más amplias facultades que enderecho procedan, salvo las que competen a la Junta Generalcon arreglo a la Ley Reguladora y a estos Estatutos, por dos Administradores que actuarán de forma mancomunada.. Artículo 16º.- Facultades del Organo de Administración. Los Administradores, actuando mancomunadamente, tendrán las más amplias facultades de gestión y representación de la Sociedad, en todos los asuntos relativos al giro o tráfico de la misma en juicio y fuera de él, obligándola con sus actos y Artículo 18º.- Disposiciones Generales. Son las siguientes: 1&. En todo lo relativo a la transformación, fusión, escisión, disolución y liquidación, transmisión de ramas de actividad y demás operaciones societarias, se estará a lo dispuesto en la Ley Reguladora. 2&. Las referencias que se hacen enCambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administradores mancomunados. Datos registrales. T 1390 , F 90, S 8, H VA 16507, I/A 15 (21.07.11).
Source officielle
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2011-146-47 · réf. 320976
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