Annonce au BORME · 19 décembre 2014

MASAVEU INMOBILIARIA SA

Registre du commerce de Asturias · Feuille AS4135 · Inscription I/A 101 (11 décembre 2014)

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Texte publié

MASAVEU INMOBILIARIA SA. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: SANTOS FANO ANTONIO;ARENAS CORUJO ESTEFANIA. Nombramientos. Consejero: MASAVEU HERRERO FERNANDO MARIA;MASAVEU HERRERO CAROLINA;MASAVEU HERRERO LUIS;CASTRO MASAVEU MARTIN;FERNANDEZ FERNANDEZ FELIPE;GUZMAN RENDUELES JOSE MIGUEL;NUNES CORREIA DOMINGOS RUI MIGUEL;ROZA FRESNO VICTOR;MORALES PLAZA JOSE IGNACIO;SANCHEZ RODRIGUEZ ALVARO. Presidente: MASAVEU HERRERO FERNANDO MARIA. SecreNoConsj: GONZALEZ APARICIO JESUS. Modificaciones estatutarias. ARTICULO 14º.- Facultad y obligación de convocar. El Consejo de Administración podrá convocar la Junta General Extraordinaria de Accionistas de la Sociedad siempre que lo estime conveniente para los intereses sociales. Deberá, asimismo, convocarla cuando lo soliciten socios que sean titulares de ARTICULO 19º.- Presidencia de la Junta. Actuarán de Presidente y Secretario de la Junta General quienes lo sean del Consejo de Administración o, en su defecto, los designados al comienzo de la reunión por los accionistas concurrentes.. ARTICULO 24º.- Representación de la sociedad y ámbito de la misma y composición, convocatoria y funcionamiento del Consejo de Administración. La Sociedad estará regida y administrada por un Consejo de Administración que estará integrado por un mínimo de tres y un máximo de diez personas, elegidas ARTICULO 26º.- Retribución del cargo. Los miembros del Consejo de Administración, y en su caso, el Secretario no consejero, serán retribuidos mediante la asignación de dietas que se devengarán por la asistencia a las reuniones del mismo. El importe de las dietas será fijado para cada ejercicio por Artículo de los estatutos: ARTICULO 9º.- Organos Sociales. El gobierno, administración y representación de la sociedad quedan encomendadas, dentro de sus respectivas competencias, a la Junta General de Accionistas y al Consejo de Administración. . Otros conceptos: ARTICULO 25.- Duración del cargo. La duración del cargo de Consejero será de seis años, pudiendo ser reelegido, una o más veces, por periodos de igual duración máxima. El nombramiento de los miembros del Consejo de Administración caducará cuando, vencido el plazo, se haya celebrado la Junta General. Datos registrales. T 3402 , F 107, S 8, H AS 4135, I/A 101 (11.12.14).

Source officielle

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2014-242-33 · réf. 517574

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