Annonce au BORME · 25 mai 2015
PINTADERA FILMS AIE
- Ceses/Dimisiones
- Nombramientos
- Modificaciones estatutarias
Registre du commerce de Santa Cruz de Tenerife · Feuille TF54203 · Inscription I/A 2 (30 avril 2015)
Nominations
- LOPEZ BLANCO JAVIER-ANGELAdm. Mancom.
- HERRERO PEREZ GAMIR GERARDO PEDROAdm. Mancom.
Cessations / démissions
- HERRERO PEREZ GAMIR GERARDO PEDROAdm. Unico
Texte publié
PINTADERA FILMS AIE(R.M. SANTA CRUZ DE TENERIFE). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: HERRERO PEREZ GAMIR GERARDO PEDRO. Nombramientos. Adm. Mancom.: LOPEZ BLANCO JAVIER-ANGEL;HERRERO PEREZ GAMIR GERARDO PEDRO. Modificaciones estatutarias. Cambio del Organo de Administración: Administrador único a Administradores mancomunados. Artículo 10 , Los acuerdos sociales podrán adaptarse fuera de la Asamblea, en la siguiente forma:- Mediante la petición del voto que hará el Administradores Mancomunados, mediante carta certificada, telegrama o por cualquier otro medio que permita tener constancia escrita de la consulta y del voto Fecha de Cierre de Ejercicio: 31/12. Artículo 25 .- La liquidación se llevará a efecto por los Administradores Mancomunados.- Corresponderán a los Administradores Mancomunados, durante el período de liquidación, las siguientes funciones: a) Llevar y custodiar los libros y correspondencia de la Agrupación y velar por la integridad de Articulo 17 .- Los Administradores Mancomunados constituyen el Organo de administración y representación de la Agrupación, en juicio y fuera de él, pudiendo realizar, de manera conjunta y en nombre de la misma, toda clase de actos de administración y disposición sobre bienes muebles e inmuebles Articulo 18º.- Los Administradores Mancomunados ostentarán, la representación de la Agrupación. La designación de las personas que hayan de ocupar el cargo de Administradores, que no necesitará ser socio, y su revocación, corresponderá a la Asamblea. Los Administradores Mancomunados ejercerán su Artículo 16 .- Los acuerdos de las Juntas Generales podrán acreditarse, donde fuere preciso, por medio de certificación expedida por los Administradores Mancomunados. La formalización en instrumento público de los acuerdos sociales corresponde a las personas que tienen facultad para certificarlos Articulo 13 .- Presidirá la Asamblea uno cualquiera de los Administradores Mancomunados, y a falta de éstos, el socio que elijan en cada caso los asistentes a la reunión. Actuará como Secretario, Administrador Mancomunado que no desempeñe el cargo de presidente, y en su defecto, el socio que elijan Artículo 11 .- Los Administradores Mancomunados, por propia iniciativa, o a instancia de cualquier socio, convocará la Asamblea. En este último caso, la convocatoria habrá de realizarse en el plazo de treinta días. En la convocatoria se hará constar el lugar, día y hora en que se celebrará la Junta. Datos registrales. T 3349 , F 145, S 8, H TF 54203, I/A 2 (30.04.15).
Source officielle
Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2015-96-38 · réf. 211345
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