Annonce au BORME · 5 avril 2019

GOLF ENTREPINOS SA

Registre du commerce de Valladolid · Feuille VA3133 · Inscription I/A 41 (29 mars 2019)

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Nominations

Cessations / démissions

Texte publié

GOLF ENTREPINOS SA. Ceses/Dimisiones. Consejero: GOMEZ-ESCOLAR MAZUELA JESUS;CALVO AVILES PEDRO. Secretario: GOMEZ-ESCOLAR MAZUELA JESUS. Cons.Del.Sol: CALVO AVILES PEDRO. Consejero: ARIAS CHARRO MARIA DE LOS ANGELES. Presidente: ARIAS CHARRO MARIA DE LOS ANGELES. Nombramientos. Adm. Unico: DE SANTIAGO ARIAS LAURA. Modificaciones estatutarias. Artículo 12..- ORGANOS DE LA SOCIEDAD. La administración y gobierno de la Sociedad corresponde: A) JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS. B) ORGANO DE ADMINISTRACION.. Artículo 18..- CONVOCATORIA. La junta será convocada por los Administradores de la Sociedad y, en su caso, por los liquidadores. En el caso de Consejo de administración la Convocatoria de Junta la hará el Consejo mediante decisión adoptada en el seno del mismo por medio de anuncio publicado en el Artículo 23..- CLASES DE JUNTAS. Las Juntas pueden ser Ordinarias y Extraordinarias. Las normas sobre convocatorias y quórum son comunes a ambas. La Junta General Ordinaria se reunirá dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio para deliberar y decidir necesariamente sobre la censura de la Artículo 25..- MODOS DE ORGANIZAR LA ADMINISTRACION. La administración y representación de la sociedad en juicio o fuera de él es competencia del Organo de Administración. Por acuerdo unánime de todos los socios en el otorgamiento de la escritura fundacional o posteriormente por acuerdo de la Junta Artículo 26..- CAPACIDAD Y DURACION DEL CARGO. A) Capacidad. Para ser nombrado Administrador no se requiere la cualidad de accionista. En caso de que se nombre Administrador a una persona jurídica deberá ésta designar una persona física que la represente en el ejercicio del cargo. B) Duración del Artículo 28º.- CONSEJO DE ADMINISTRACION. Cuando la administración y representación de la sociedad se atribuyan a un Consejo de Administración se aplicarán las normas de los artículos siguientes.. Artículo 29..- COMPOSICION. El Consejo estará compuesto por un número mínimo de 3 consejeros y máximo de 12.. Artículo 30..- CARGOS. El Consejo, si la Junta General no los hubiese designado, elegirá de entre sus miembros un presidente y un secretario, y si lo estima conveniente un vicepresidente, que también ha de ser consejero y un vicesecretario. Podrán ser secretario y vicesecretario quienes no sean Artículo 31..- CONVOCATORIA. 31.1.- Se convocará por su presidente o por quien haga sus veces o bien por consejeros que constituyan al menos un tercio de los miembros del Consejo, de acuerdo con lo dispuesto en el articulo 246 de la Ley de Sociedades de Capital. 31.2.- La convocatoria se realizará Artículo 32..- REPRESENTACION O DELEGACION DE VOTO. Los consejeros únicamente podrán estar representados en las reuniones por otro consejero. La representación se conferirá con carácter especial para cada reunión mediante escrito, físico o electrónico, dirigido al presidente. La representación es Artículo 33..- CONSTITUCION Y ADOPCION DE ACUERDOS. El Consejo de administración quedará válidamente constituido cuando concurran a la reunión, presentes o representados, la mayoría de los vocales. Los acuerdos se adoptarán por mayoría absoluta de consejeros asistentes a la reunión, decidiendo en Artículo 34..- ACUERDOS POR ESCRITO Y SIN SESION= Serán válidos también los acuerdos adoptados por el Consejo por escrito y sin sesión siempre que ningún consejero se oponga a esta forma de tomar acuerdos. Tanto el escrito conteniendo los acuerdos como el voto sobre los mismos de todos los Artículo 35..- LUGAR DE CELEBRACION DEL CONSEJO. ASISTENCIA AL MISMO POR MEDIOS TELEMATICOS. 35.1.- El Consejo se celebrará en el lugar indicado en la convocatoria. Si en la misma no figurase el lugar de celebración, se entenderá que ha sido convocado para su celebración en el domicilio social. 35.2Artículo 36..- COMISIONES EN EL SENO DEL CONSEJO. Las normas establecidas en el artículo precedente sobre el funcionamiento del Consejo de Administración, especialmente en lo que se refiere a la creación de un área privada para el mismo a través de la Web Corporativa, la delegación de voto, voto a Artículo 41..- CAUSAS Y PROCEDIMIENTO. Se estará a las disposiciones legales, actuando como Comisión Liquidadora el propio Organo de administración, siempre en número impar. Caso de ser par el número de consejeros cesará el más joven. La enajenación de los bienes del activo podrá efectuarse por la. Otros conceptos: Cambio del Organo de Administración: Consejo de administración a Administrador único. Datos registrales. T 1355 , F 144, S 8, H VA 3133, I/A 41 (29.03.19).

Source officielle

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2019-67-47 · réf. 155062

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