Annonce au BORME · 20 janvier 2010

DISTRIBUCIONES DE OPTICA MARIANO GARCIA BABON SA

Registre du commerce de Valladolid · Feuille VA8112 · Inscription I/A 5 (11 janvier 2010)

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Cessations / démissions

Texte publié

DISTRIBUCIONES DE OPTICA MARIANO GARCIA BABON SA. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: GARCIA BABON MARIANO. Nombramientos. Adm. Solid.: FERNANDEZ CACERES JESUS JAVIER;FERNANDEZ SARMIENTO FRANCISCO JAVIER. Modificaciones estatutarias. Artículo 4º.- La sociedad tiene su domicilio en Valladolid, Plaza V Centenario, nº 7, 1º izda. Podrá el órgano de administración de la Sociedad establecer, suprimir y trasladar sucursales, agencias y delegaciones dentro o fuera del territorio nacional y trasladar el domicilio social dentro de laCambio del Organo de Administración: Administrador único a Administradores solidarios. Artículo 24º.- Corresponde al Organo de Administración la gestión, administración y representación de la Sociedad, teniendo las más amplias facultades para contratar en general, realizar toda clase de actos y negocios, obligaciones o dispositivos, de administración y de riguroso dominio, sin más Artículo 30º.- El Organo de Administración, dentro de los tres primeros meses de cada ejercicio, deberá formular las Cuentas Anuales, el Estado de Cambios en el Patrimino Neto, el Informe de Gestión y la propuesta de aplicación del resultado para, una vez verificados y evacuado el correspondiente Artículo 27º.- El Organo de Administración de la Sociedad podrá delegar las facultades que estime convenientes, excepto las indelegables según Ley, y revocar el nombramiento y latotalidad o parte de las facultades delegadas.. Artículo 31º.- La Junta General resolverá sobre la aplicación del resultado de cada ejercicio, distribuyendo dividendos a los accionistas en proporción al capital que hayan desembolsado, con cargo a beneficios o a reservas de libre disposición, una vez cubierta la reserva legal en, al menos, la Artículo 35º.- Los accionistas quedan sometidos para todoslos asuntos sociales o relacionados con la Sociedad, con renuncia expresa de fuero propio, si lo tuvieran, a la jurisdicción de los Tribunales del domicilio social de la Sociedad,salvo lo dispuesto para la impugnación de acuerdos sociales Artículo 6º.- Las acciones están representadas por títulos, que podrán incorporar una o más acciones de la misma serie, numeradas correlativamente, que contendrán las menciones del artículo 53 de la Ley y se extenderán en folios talonarios con la firma de los Administradores y el sello de la Artículo 19º.- Corresponde a la Junta, además de lo ya señalado: a) La elección, renovación o remoción de los miembrosdel órgano de administración. b) El aumento o reducción delcapital social. c) La transformación, fusión, escisión, o disolución de la Sociedad. d) La emisión de obligaciones. e) Artículo 20º.- Las Juntas Generales se celebrarán en la localidad donde la Sociedad tenga su domicilio social, y dentro de ella, bien en el propio domicilio o en otro local que se indique expresamente en la convocatoria, según decida el Organo de Administración. Actuarán como Presidente y Artículo 21º.- De las reuniones de la Junta General la persona que desempeñe la función de Secretario extenderá Acta en el Libro llevado al efecto. El Acta deberá ser aprobada por la propia Junta a continuación de haberse celebrado esta, y en su defecto, dentro de un plazo de quince días, por el Artículo 22º.- La administración, gestión y representaciónde la Sociedad, sin perjuicio de la plenitud de facultades que competen a los accionistas reunidos en Junta General, estará encomendada a varios administradores que actúen solidariamente, con un mínimo de dos y un máximo de cuatro. No seArtículo 23º.- Los administradores serán elegidos por la Junta General de Accionistas por un periodo máximo de seis años, pudiendo ser elegido una o más veces por periodos de igual límite máximo de duración. Vencido el plazo, el nombramiento caducará cuando se haya celebrado la siguiente Junta Artículo 25º.- Corresponde al Organo de Administración el uso de la firma social y la formalización de los acuerdos deJunta General que lo exijan, salvo designación expresa de otra persona para la formalización de algún acuerdo o de la totalidad de los adoptados en una concreta reunión de dichos Artículo 26º.- Los Administradores no podrán dedicarse directa o indirectamente al ejercicio, por su cuenta o en su nombre, de aquellas actividades que constituyan el objeto social de la Sociedad, a menos que la Junta General de Accionistas les autorice expresamente la realización de dichas. Datos registrales. T 690 , F 154, S 8, H VA 8112, I/A 5 (11.01.10).

Source officielle

Boletín Oficial del Registro Mercantil · BORME-A-2010-12-47 · réf. 21341

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