AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

Hoja GC49790· NIF B76227289

Radiée · 12/08/2019Las Palmas
Domicile :
Activité :
Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)
Capital social :
3 000,00 €
Constitution :
26/06/2015

Informations juridiques

Informations juridiques de AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

NIF
Hoja registral
IRUS1000078015351
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Capital social3 000,00 €
Date de constitution26/06/2015
Référence registraleTomo 2113 · Folio 179 · Hoja GC49790
Anciennes dénominations
AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA2015-06-26 → 2017-10-16
StatutLiquidada

Activité

AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Las Palmas, Canarias. Son activité déclarée est « Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos » (CNAE 0113). Elle a été constituée le 26 juin 2015. Le Registro Mercantil a publié 10 actes la concernant, du 26 juin 2015 au 12 août 2019, répartis en 8 types d'actes distincts. Son capital social inscrit s'élève à 3 000,00 €. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Activité économique (CNAE)

0113 · Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos

Objet social

Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos. Producir, conservar, transformar,distribuir, transportar y vender en mercados interiores y exteriores, productos provenientes de explotaciones agrícolas, forestales o pecuarias, en su estado natural o previamente transformados...

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

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Cap table · participations

  • Navarro Esteva Rafael Juan Luis100 %

    Personne physique · depuis 26/06/2015 · socio único (BORME)

Cartographie des actionnaires

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Bénéficiaire effectif (UBO)

Navarro Esteva Rafael Juan Luis100 %

Personne physique · bénéficiaire effectif ultime · depuis 26/06/2015

Cartographie des bénéficiaires effectifs

Chargement…

Actos enregistrés

  1. ExtinciónPublié le 12/08/2019· Inscrit le 02/08/2019· I/A 5
  2. Ceses/DimisionesPublié le 12/08/2019· Inscrit le 02/08/2019· I/A 4
  3. DisoluciónPublié le 12/08/2019· Inscrit le 02/08/2019· I/A 4
  4. Ceses/DimisionesPublié le 16/10/2017· Inscrit le 05/10/2017· I/A 3
  5. NombramientosPublié le 16/10/2017· Inscrit le 05/10/2017· I/A 3
  6. Modificaciones estatutariasPublié le 04/09/2015· Inscrit le 26/08/2015· I/A 2
  7. Ampliacion del objeto socialPublié le 04/09/2015· Inscrit le 26/08/2015· I/A 2
  8. ConstituciónPublié le 26/06/2015· Inscrit le 18/06/2015· I/A 1
  9. Declaración de unipersonalidadPublié le 26/06/2015· Inscrit le 18/06/2015· I/A 1
  10. NombramientosPublié le 26/06/2015· Inscrit le 18/06/2015· I/A 1

Changements

  1. 12/08/2019Cambio de denominación social

    AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADAAGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

  2. 12/08/2019Disolución
  3. 12/08/2019Extinción
  4. 04/09/2015Ampliación del objeto social

    Producir, conservar, transformar, distribuir, transportar y vender en mercados interiores y exteriores, productos provenientes de explotaciones agrícolas... Compra y Venta al por mayor y al menor de todo tipo de productos agrícolas.

  5. 04/09/2015Modificaciones estatutarias
  6. 26/06/2015Declaración de unipersonalidad

    NAVARRO ESTEVA RAFAEL JUAN LUIS

Capital · événements

  1. 26/06/2015Constitución
    Capital initial : 3 000,00 €

Importes obtenidos del BORME cuando se publican (importe de la operación y capital resultante). Algunos anuncios no lo publican; en ese caso consulte el PDF original.

Chronologie (BORME)

  1. 12/08/2019#5542010
    Extinción
    AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION(R.M. LAS PALMAS). Situación concursal. Procedimiento concursal 116/2018. FIRME: Si, Fecha de resolución 23/10/2018. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGAD
  2. 12/08/2019#5542009
    Ceses/DimisionesDisolución
    AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION(R.M. LAS PALMAS). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: NAVARRO ESTEVA RAFAEL JUAN LUIS. Situación concursal. Procedimiento concursal 116/2018. FIRME: Si, Fecha de resolución 16/04/2018. Auto de declaración de co
  3. 16/10/2017#4577430

    Dénomination : AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA

    Ceses/DimisionesNombramientos
    AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: NAVARRO ESTEVA RAFAEL JUAN LUIS;NAVARRO ESTEVA MARIA DE LOS ANGELES. Nombramientos. Adm. Unico: NAVARRO ESTEVA RAFAEL JUAN LUIS. Otros conceptos: Cambio del Organo de Adm
  4. 04/09/2015#3488885

    Dénomination : AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA

    Modificaciones estatutariasAmpliacion del objeto social
    AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: 2. Objeto.-. Ampliacion del objeto social. Producir, conservar, transformar, distribuir, transportar y vender en mercados interiores y exteriores
  5. 26/06/2015#3390490

    Dénomination : AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA

    ConstituciónDeclaración de unipersonalidadNombramientos
    AGROALISIOS, SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Constitución. Comienzo de operaciones: 15.06.15. Objeto social: Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos. Producir, conservar, transformar,distribuir, transportar y vender en mercados interiores y ex

Documents officiels

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État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

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Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

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Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public· Constitution 2015

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Public

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Prospecter

Les sociétés espagnoles qui exercent la même activité — Cultivo de hortalizas, raíces y tubérculos — sont listées ensemble.

Justice · concursos

  1. Declaración de concurso21/03/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria

    Edicto D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000116/2018, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. CONCEPCIÓN SOTO ROS, en nombre y representación de AGROALISIOS, SLU, se ha dictado Auto el día 23 de octubre de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Acuerdo: 1. Declarar la conclusión del concurso de la deudora AGROALISIOS, S.L. con CIF B-76.227.289. 2. Archivar las actuaciones. 3. Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5. El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver en el plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal. 6. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme 7. La extinción de la entidad la concursada AGROALISIOS, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer. 8. Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado, en el Registro Público Concursal y en el BOE. 9. Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria para la anotación de la presente resolución. La concursada figura inscrita al tomo 1743, Libro 0, folio 9, hoja GC-34250, inscripción 1.ª Entréguense al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días. 10. Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 11. Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es FIRME. Así lo dispone, manda y firma D./Dña. GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 Las Palmas de Gran Canaria, 18 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo Jose Rebollo Sanz.

    BOE-B-2019-12119
  2. Declaración de concurso19/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 116/2018

    Edicto Cédula de notificación. Don EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal nº 116/2018, seguido a instancias de la Procuradora doña Concepción Soto Ros, en nombre y representación de AGROALISIOS, S.L., se ha dictado Auto el día 23 de octubre de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Parte dispositiva. Acuerdo: 1.-Declarar la conclusión del concurso de la deudora AGROALISIOS, S.L. con C.I.F. B-76.227.289. 2.-Archivar las actuaciones. 3.-Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.-Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.-El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver en el plazo de cinco días la credencial que le habilita como tal. 6.-El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del1 concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme 7.-La extinción de la entidad la concursada AGROALISIOS, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos del punto anterior así como para reclamar el activo sobrevenido que pudiera aparecer. 8.-Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado, en el Registro Público Concursal y en el «BOE». 9.-Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas de Gran Canaria para la anotación de la presente resolución. La concursada figura inscrita al tomo 1743, Libro 0, folio 9, hoja GC-34250, inscripción 1.ª Entréguense al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días. 10.-Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 11.-Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es FIRME. Así lo acuerda, manda y firma, GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCIA, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 15 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.

    BOE-B-2018-54930
  3. Declaración de concurso16/05/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003

    EDICTO D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000116/2018, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. CONCEPCIÓN SOTO ROS, en nombre y representación de AGROALISIOS, SLU, se ha dictado Auto el día 16 de abril de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de AGROALISIOS, SLU con CIF, n.º B76227289, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. Declarar a AGROALISIOS, SLU, con CIF B76227289 en situación de concurso consecutivo, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia y se procede a la apertura de la fase de liquidación. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de VOLUNTARIO. Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Se designa como Administrador del concurso a: D. GUILLERMO MARRERO DE LA NUEZ, como economista, el cual ha designado como domicilio postal el de Avda. Pintor Felo Monzón, n.º 38, 2, 1.ºA - Las Palmas de Gran Canaria, teléfono 618-50.62.97 y FAX 928-70.08.66, así como Dirección electrónica [email protected]. Se acuerda determinar que las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo el deudor sustituido por la administración concursal. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.). D./Dña. GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCÍA, Magistrado-Juez. D./Dña. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia. - Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en Las Palmas de Gran Canaria, Las Palmas de Gran Canaria, 11 de mayo de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2018-27231
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