AKRA-LUZ SL

Hoja A49902· NIF B53246773

Radiée · 20/11/2013Alicante
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de AKRA-LUZ SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000397885388
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Registro MercantilALACANT/ALICANTE
Référence registraleTomo 2160 · Folio 20 · Hoja A49902
Anciennes dénominations
AKRA-LUZ SL EN LIQUIDACION2010-11-18 → 2013-06-27
StatutExtinguida

Activité

AKRA-LUZ SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Alicante, Comunitat Valenciana. Le Registro Mercantil a publié 5 actes la concernant, du 16 novembre 2010 au 20 novembre 2013, répartis en 5 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Extinguida ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

Aucune relation enregistrée

Actos enregistrés

Changements

  1. 20/11/2013Extinción
  2. 18/11/2010Cambio de denominación social

    AKRA-LUZ SL→AKRA-LUZ SL EN LIQUIDACION

  3. 18/11/2010Disolución

Chronologie (BORME)

  1. 20/11/2013#2545095
    Extinción
    AKRA-LUZ SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 811/2008. FIRME: Si, Fecha de resolución 5/09/2013. Auto de conclusión del concurso Cumplimiento de convenio. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Situació…
  2. 27/06/2013#2344190

    Dénomination : AKRA-LUZ SL EN LIQUIDACION

    Cierre provisional hoja registral
    AKRA-LUZ SL EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2160 , F 20, S 8, H A 49902, I/A 4 H (20.06.13).
  3. 18/11/2010#949514

    Dénomination : AKRA-LUZ SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    AKRA-LUZ SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: PEREZ GARCIA LUCAS. Situación concursal. Procedimiento concursal 811/2008. FIRME: No, Fecha de resolución 17/05/2010. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTI…
  4. 16/11/2010#945870
    Situación concursal
    AKRA-LUZ SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 811/2008. FIRME: Si, Fecha de resolución 3/02/2009. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: RAFAEL FUENTES DEVESA. Situación concursal. …

Documents officiels

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Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

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Certification des statuts

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Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

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Justice · concursos

  1. Conclusión del concurso25/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante

    Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en fecha 5 de septiembre de 2013 se ha dictado auto de conclusión del concurso de la mercantil Akra Luz, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-53.246.773, con domicilio en Calle Capitán Gaspar Ortiz, 30, bajo, Elche, que se tramita en este Juzgado con el nº 811/08 cuya parte dispostiva es la siguiente: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Akra Luz, S.L. 2. El deudor Akra Luz, S.L., queda responsable del pago de los creditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administracion y disposicion del deudor Akra Luz, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.- Se acuerda la extincion de Akra Luz, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5 de febrero de 2013. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Alicante, 5 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-35277 ↗
  2. Apertura de liquidación25/09/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante

    Edicto Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente Hago saber, que en fecha 17 de mayo de 2010 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de la liquidación de la mercantil Akraluz, S.L. con CIF B-53246773 que se tramita en este Juzgado con el número 811/08-r cuya parte dispositiva es la siguientes: 1.-Se acuerda poner fin a la fase común. 2.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo. 3.-Se acuerda la suspensión de la facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.-Se declara la disolución de la mercantil, Akraluz, S.L., así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8/15 días el plan de liquidación previsto en el art.148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación. 7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen) Dentro de los 5 días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art 168 LC). Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Alicante, 17 de mayo de 2010.- El Secretario.

    BOE-B-2010-32693 ↗
  3. Declaración de concurso07/04/2009
    ⚖️ ALICANTE.Adm.: D.Mariano Hernández Montes Letrado

    Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante Calle Pardo Gimeno, 43 Número de Asunto: 811/08-R Tipo de Concurso: Voluntario Ordinario Entidad Instante del Concurso y Concursado: Akra Luz S.L con CIF B-53246773 con domicilio en calle Capitán Gaspar Ortiz n 30 Elche Representación y Asistencia Técnica: Procuradora: Irene Martínez López y Letrado: Francisco Escobar Fecha de presentación de la solicitud: 23 de Diciembre de 2008 Fecha del Auto de declaración: 3 Febrero de 2009 Administrador concursal: D.Mariano Hernández Montes Letrado domicilio en Alicante en Calle Capitán Dema nº 3 3 teléfono 932386739 Fax 932386736 correo electrónico: [email protected]. D. Juan José Moragues Molines titulado Mercantil, Auditor de cuentas con domicilio en Alicante en Avenida de Maisonnave nº 33 Portal 4- 1º C 03003. Teléfono 965926678 y Fax 965926684 correo electrónico: [email protected] Facultades del Concurso: Mantiene sus facultades de disposición y administración. Constancia del Patrimonio Inmobiliario: No consta. Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo un mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados en horas de audiencia. Alicante, 6 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberan.

    BOE-B-2009-11153 ↗
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