ALUYTEC DEL SURESTE SL

Hoja A109049· NIF B54281845

Radiée · 19/07/2016Alicante
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de ALUYTEC DEL SURESTE SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000399628377
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Référence registraleTomo 3231 · Folio 102 · Hoja A109049
Anciennes dénominations
ALUYTEC DEL SURESTE SL EN LIQUIDACION2012-07-24
StatutLiquidada

Activité

ALUYTEC DEL SURESTE SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Alicante, Comunitat Valenciana. Le Registro Mercantil a publié 7 actes la concernant, du 16 décembre 2009 au 19 juillet 2016, répartis en 5 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

Aucune relation enregistrée

Cap table · participations

Cartographie des actionnaires

2 nœuds Personne Société
ALUYTEC DEL SURESTE SLMadrona Moya Maria DoloresMadrona Moya Maria D…

Bénéficiaire effectif (UBO)

Madrona Moya Maria Dolores100 %

Personne physique · bénéficiaire effectif ultime · depuis 16/12/2009

Cartographie des bénéficiaires effectifs

2 nœuds Personne Société
ALUYTEC DEL SURESTE SLMadrona Moya Maria DoloresMadrona Moya Maria D…

Actos enregistrés

  1. ExtinciónPublié le 19/07/2016· Inscrit le 12/07/2016· I/A 5
  2. Ceses/DimisionesPublié le 24/07/2012· Inscrit le 12/07/2012· I/A 4
  3. DisoluciónPublié le 24/07/2012· Inscrit le 12/07/2012· I/A 4
  4. Declaración de unipersonalidadPublié le 16/12/2009· Inscrit le 03/12/2009· I/A 2
  5. Ceses/DimisionesPublié le 16/12/2009· Inscrit le 03/12/2009· I/A 2
  6. NombramientosPublié le 16/12/2009· Inscrit le 03/12/2009· I/A 2

Changements

  1. 19/07/2016Extinción
  2. 24/07/2012Cambio de denominación social

    ALUYTEC DEL SURESTE SLALUYTEC DEL SURESTE SL EN LIQUIDACION

  3. 24/07/2012Disolución
  4. 16/12/2009Declaración de unipersonalidad

    MADRONA MOYA MARIA DOLORES

Chronologie (BORME)

  1. 19/07/2016#3947455
    Extinción
    ALUYTEC DEL SURESTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 715/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 21/06/2016. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: SALVADOR CA
  2. 24/07/2012#1827884

    Dénomination : ALUYTEC DEL SURESTE SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    ALUYTEC DEL SURESTE SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: MADRONA APARICIO ANTONIO. Situación concursal. Procedimiento concursal 715/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/05/2012. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num. 
  3. 01/12/2011#1484753
    ALUYTEC DEL SURESTE SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 715/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/10/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: SALVADOR CALERO GARCIA. Situació
  4. 16/12/2009#512464
    Declaración de unipersonalidadCeses/DimisionesNombramientos
    ALUYTEC DEL SURESTE SL. Declaración de unipersonalidad. Socio único: MADRONA MOYA MARIA DOLORES. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: PARRA FERNANDEZ MONTES ANTONIO. Nombramientos. Adm. Unico: MADRONA APARICIO ANTONIO. Datos registrales. T 3231 , F 101, S 8

Documents officiels

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État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

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Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

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Prospecter

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Justice · concursos

  1. Declaración de concurso02/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    EDICTO Doña PILAR SOLANOT GARCÍA, Letrada de la Admón., de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado 000715/2011-R, sobre declaración de concurso de la mercantil ALUYTEC DEL SURESTE SOCIEDAD LIMITADA, con domicilio en C/ Medio Ambiente n.º 17, Polígono Industrial Apatel de Bigastro y C.I.F. número B-54281845, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 3.231, Libro 0, Folio 99, Hoja A-109049, se ha dictado auto de fecha 21-06-16 que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: Acuerdo: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal. 5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo, si bien se le autoriza para reclamar pago de clientes debiendo informar cada seis meses. 6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno. Alicante, 21 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2016-31640
  2. Apertura de liquidación14/07/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteProc. 715/2011

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Hago saber: Que en el Juzgado de lo Mercantil 2 de Alicante se siguen los autos de Concurso Abreviado 715/2011 R, de la mercantil Aluytec del Sureste, Sociedad Limitada, con domicilio en la c/ Medio Ambiente, n.º 17, polígono industrial Apatel de Bigastro y CIF número B-54281845, inscrita en el registro mercantil de esta provincia al tomo 3231, libro 0, folio 99, hoja A-109049, en cuyo seno, con fecha 7-05-12, se ha dictado auto cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1.- Se acuerda poner fin a la fase común. 2.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el titulo III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.- Preséntese por el administrador concursal en el plazo de quince días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 7.- Procédase a la formación de la sección sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. 8.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de edicto de forma urgente e el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este juzgado por el plazo de diez días. Líbrese mandamiento el Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal…" Así por este auto, lo pronuncia, manda y firma el D. Salvador Calero García, Magistrado-Juez de lo Mercantil 2 de Alicante. Doy fe. Alicante, 7 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-24560
  3. Declaración de concurso25/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado - 000715/2011 - R sobre declaración de concurso de la mercantil Aluytec del Sureste, Sociedad Limitada, con domicilio en la C/ Medio Ambiente, n.º 17, Polígono Industrial Apatel de Bigastro, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia al Tomo 3.231, Libro 0, Folio 99, Hoja A-109049 y C.I.F. número B54281845, se ha presentado por la Administración Concursal el informe preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 9-02-12, que contiene, entre otros, los siguiente pronuniciamiento: - Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diéz días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diéz días que se computará desde la publicación en el B.O.E, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. L.C.). Y para que sirva de publicación en el B.O.E expido el presente. Alicante, 9 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2012-6241
  4. Otro acto concursal17/11/2011
    ⚖️ ALICANTEProc. 715/2011

    Edicto Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado 715/2011-A en los que se ha dictado, con esta fecha 19-10-11, Auto declarando en estado de Concurso Voluntario a Aluytec del Suroeste, Sociedad Limitada, con domicilio en c/ Medio Ambiente, nº 17, polígono industrial Apatel de Bigastro y Cif número B-54281845, inscrita en el registro Mercantil de esta provincia al tomo 3.231, libro 0, folio 99, hoja A-109049. Facultades: se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores: los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta oficina judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 19 de octubre de 2011.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2011-37148
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