BRAVO Y ESPADAS, SOCIEDAD LIMITADA
Hoja CR14476· NIF B13400965
- Domicile :
- Forme juridique :
- Sociedad Limitada (SL)
- Dirigeants :
- Espadas Oliver Angel, Bravo Ruiz Ricardo
Informations juridiques
Informations juridiques de BRAVO Y ESPADAS, SOCIEDAD LIMITADA
Activité
BRAVO Y ESPADAS, SOCIEDAD LIMITADA est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Ciudad Real, Castilla-La Mancha. Le Registro Mercantil a publié 1 actes la concernant.
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Actuels
- Espadas Oliver AngelAdministrador Solidario
- Bravo Ruiz RicardoAdministrador Solidario
Cartographie des dirigeants
Chronologie (BORME)
- 05/10/2012#1923702
BRAVO Y ESPADAS, SOCIEDAD LIMITADA. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 374 , F 174, S 8, H CR 14476, I/A Baja (23.08.12).
Documents officiels
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Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
Public
Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Ciudad Real — sont listées ensemble, avec leur adresse.
Justice · concursos
- Otro acto concursal27/07/2017⚖️ CIUDAD REALProc. 694/2009BOE-B-2017-45857 ↗
Doña Esther Domínguez Gutiérrez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 177.3 de la LC, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal voluntario abreviado número 694/2009, seguido frente a la mercantil, BRAVO Y ESPADAS, S.L., con CIF: B13400965, por auto de fecha 24/07/17 se ha acordado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. 2.- Se acuerda el cese definitivo de la administradora concursal designada, Doña Pilar Carrazoni Masipica, con aprobación de las cuentas presentadas. 3.- Se acuerda la cancelación de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, procediendo la extinción de la mercantil, así como el cierre de su hoja registral. 4.- La concursada quedará responsable como deudora del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar las ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare uno nuevo. Ciudad Real, 24 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso29/05/2010⚖️ CIUDAD REALBOE-B-2010-18959 ↗
El Juzgado de 1ª Instancia nº 4 y de lo Mercantil de Ciudad Real, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 694 /2009-C, por auto de 25-05-2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Bravo y Espadas, S.L., con domicilio en calle Obispo Hervas, Grupo Santa Marta, local de Ciudad Real y CIF núm. B-13400965, que coincide con el centro de sus principales intereses. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Ciudad Real, 26 de mayo de 2010.- El Secretario Judicial, Antonio Gutiérrez Cardenete.