CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL

Hoja A10445· NIF B03223450

Radiée · 06/07/2021Alicante
Domicile :
Activité :
Construcción de edificios residenciales
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000131702845
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
LocalitéRafal
Référence registraleTomo 1381 · Folio 93 · Hoja A10445
Anciennes dénominations
CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL EN LIQUIDACION2012-08-13
StatutConcurso

Activité

CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Rafal (Alicante, Comunitat Valenciana). Son activité déclarée est « Construcción de edificios residenciales » (CNAE 4121). Le Registro Mercantil a publié 8 actes la concernant, du 4 juillet 2011 au 31 août 2023, répartis en 3 types d'actes distincts.

Activité économique (CNAE)

4121 · Construcción de edificios residenciales

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

Aucune relation enregistrée

Actos enregistrés

  1. ExtinciónPublié le 06/07/2021· Inscrit le 29/06/2021· I/A 6
  2. Ceses/DimisionesPublié le 13/08/2012· Inscrit le 01/08/2012· I/A 5
  3. DisoluciónPublié le 13/08/2012· Inscrit le 01/08/2012· I/A 5

Changements

  1. 06/07/2021Extinción
  2. 13/08/2012Cambio de denominación social

    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SLCONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL EN LIQUIDACION

  3. 13/08/2012Disolución

Chronologie (BORME)

  1. 31/08/2023#7695242
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL. Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Justificacion de no aprobacion de cuentas del ejercicio 2022 mediante certificacion del organo de administracion. Datos registrales. T 1381 , F 93, S 8, H A 10445, 
  2. 30/08/2023#7692414
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL. Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Justificacion de no aprobacion de cuentas del ejercicio 2021 mediante certificacion del organo de administracion. Datos registrales. T 1381 , F 93, S 8, H A 10445, 
  3. 30/08/2022#7140400
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL. Articulo 378.5 del Reglamento del Registro Mercantil. Justificacion de no aprobacion de cuentas del ejercicio 2021 mediante certificacion del organo de administracion. Datos registrales. T 1381 , F 92, S 8, H A 10445, 
  4. 01/04/2022#6890217
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 293/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 16/02/2022. Reapertura del concurso. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE ALICANTE. Juez: FRANCISCO CABRERA TOMAS. Si
  5. 06/07/2021#6510994
    Extinción
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 293/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 12/05/2021. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL NUMERO 3 DE AL
  6. 13/08/2012#1856753

    Dénomination : CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL EN LIQUIDACION

    Ceses/DimisionesDisolución
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: HERRERO LEAL JOSE. Situación concursal. Procedimiento concursal 293/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 2/05/2012. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzgado: num.
  7. 04/07/2011#1284657
    CONSTRUCCIONES HERRERO LEAL SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 293/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 7/06/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: LUIS SELLER ROGA DE TOGOR

Documents officiels

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Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

Public

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Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

Public

Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

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Prospecter

Les sociétés espagnoles qui exercent la même activité — Construcción de edificios residenciales — sont listées ensemble.

Justice · concursos

  1. Otro acto concursal06/05/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 293/2011
    Juge : JORGE CUELLAR OTON

    Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores actualizada, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución

    RPC-131163RPCConsulter sur le RPC ↗
  2. Otro acto concursal25/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 293/2011
    Juge : MARIA JESUS DEL PILAR MARQUEZ

    Que en el procedimiento nº 293/2017 de la concursada CATALINA GARRIDO GRANADO , por auto de fecha 29/04/2021 se ha acordado la apertura de la fase de liquidación. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados.

    RPC-79358RPCConsulter sur le RPC ↗
  3. Otro acto concursal25/03/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 293/2011
    Juge : JOSE MARIA CASASOLA DIAZ

    Procedimiento: Apertura Sección 947.05/2009. Se inserta a continuación los datos de las ofertas recibidas por la administración concursal a mejorar y los activos objeto de la misma:

    RPC-79359RPCConsulter sur le RPC ↗
  4. Conclusión del concurso29/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 293/2011
    Juge : BEATRIZ DE LA RUBIA COMOS

    CONFORME A LO ACORDADO MEDIANTE RESOLUCIÓN DICTADA EN FECHA 10 DE NOVIEMBRE DE 2020 EN LOS AUTOS DE REFERENCIA, SE DA PUBLICIDAD AL INFORME DEL ARTÍCULO 75 Y AL PLAN DE LIQUIDACIÓN REFERENTE AL DEUDOR CONCURSADO DON JOSE FRANCISCO URRUTIA FUSTER

    RPC-59933RPCConsulter sur le RPC ↗
  5. Otro acto concursal29/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 293/2011

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

    RPC-59935RPCConsulter sur le RPC ↗
  6. Otro acto concursal04/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 293/2011
    Juge : MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLES

    VER RESOLUCION EN EL ANEXO

    RPC-59934RPCConsulter sur le RPC ↗
  7. Apertura de liquidación14/06/2012
    ⚖️ ALICANTE

    Edicto D. Jorge Cuéllar Oton, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elche, Anuncia: Que en el concurso abreviado - 000293/2011, referente al concursado Construcciones Herrero Leal, S.L., CIF n.º B-03223450, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 831, Libro 344, Folio 23, Sección 2, Hoja 10.411, Inscripción 1.ª, representada por el procurador D. Luis Miguel Alacid Baño y D.ª Josefa Gómez Mula y D. José Herrero Leal con DNI n.º 21923307 y 21878738, respectivamente, de estado civil casados y representados por el procurador D. Luis Miguel Alacid Baño, por auto de fecha 02/05/12, se ha acordado lo siguiente: 1.- Se deja sin efecto la fase de convenio del presente concurso y se decreta la apertura de la fase de liquidación. 3.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición de los deudores sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 15 siguientes a la notificación, el plan de liquidación de cada uno de los deudores detallado previsto en el art. 148 LC. Si la complejidad del concurso lo justificara, de solicitarse por la administración concursal, podrá acordarse prorroga por plazo de igual duración 6.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 7.- Procédase a la transformación de la Sección Quinta, en sección de liquidación del concurso, con testimonio de la presente. 8.- Firme que sea la presente resolución, líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal. Hágase igualmente al Registro Civil respecto de las personas físicas. Y, en su caso, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 144 de la Ley Concursal, líbrese los oportunos mandamientos a los registros de la propiedad y de bienes muebles donde conste inscritos bienes titularidad de la concursada a fin de que se practique la oportuna anotación. 9.- Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto de forma urgente y gratuita en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días. Elche, 2 de mayo de 2012.- Secretario Judicial.

    BOE-B-2012-20525
  8. Declaración de concurso20/06/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante

    Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000293/2011 habiéndose dictado con fecha 07/06/11 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de Construcciones Herrero Leal, S.L., con domicilio en calle Blasco Ibáñez, 23, Rafal con CIF n.º B-03223450, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 831, Libro 344, Folio 23, Seccion 2, Hoja 10.411, Inscripción 1.ª, representada por el procurador don Luis Miguel Alacid Baño. Facultades del concursado: intervenido Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE; debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso confome al artículo 23 LC. Elche, 9 de junio de 2011.- Secretario Judicial.

    BOE-B-2011-20713
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