GENERAL DE JUGUETES SA
Hoja AS5884· NIF A33226622
- Domicile :
- Activité :
- Fabricación de juegos y juguetes
- Forme juridique :
- Sociedad Anónima (SA)
- Dirigeants :
- Sierra Crespo Evaristo, Sierra Crespo Ismael
Informations juridiques
Informations juridiques de GENERAL DE JUGUETES SA
Activité
GENERAL DE JUGUETES SA est une Sociedad Anónima (SA) dont le siège social est à Asturias. Son activité déclarée est « Fabricación de juegos y juguetes » (CNAE 3240). Le Registro Mercantil a publié 6 actes la concernant, du 4 juillet 2011 au 23 novembre 2018.
Activité économique (CNAE)
3240 · Fabricación de juegos y juguetes
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Actuels
- Sierra Crespo EvaristoDepuis le 09/08/2013Administrador Solidario
- Sierra Crespo IsmaelDepuis le 09/08/2013Administrador Solidario
Cartographie des dirigeants
Actos enregistrés
- ReeleccionesPublié le 23/11/2018· Inscrit le 15/11/2018· I/A 17
- ReeleccionesPublié le 20/08/2013· Inscrit le 09/08/2013· I/A 15
Chronologie (BORME)
- 23/11/2018#5143646Reelecciones
GENERAL DE JUGUETES SA. Reelecciones. Adm. Solid.: SIERRA CRESPO ISMAEL;SIERRA CRESPO EVARISTO. Datos registrales. T 2463 , F 47, S 8, H AS 5884, I/A 17 (15.11.18).
- 05/11/2018#5114876
GENERAL DE JUGUETES SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 0000132/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 1/03/2012. Sentencia de aprobación del convenio. Juzgado: num. 0 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GIJON. Juez: FRANCISCO JOSE PAÑEDA USUNARIZ.… - 20/08/2013#2420594Reelecciones
GENERAL DE JUGUETES SA. Reelecciones. Adm. Solid.: SIERRA CRESPO EVARISTO;SIERRA CRESPO ISMAEL. Datos registrales. T 2463 , F 47, S 8, H AS 5884, I/A 15 ( 9.08.13).
- 29/03/2012#1664577
GENERAL DE JUGUETES SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 0000132/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 1/03/2012. Sentencia de aprobación del convenio. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GIJON. Juez: FRANCISCO JOSE PAÑEDA USUNARIZ.… - 05/08/2011#1332942
GENERAL DE JUGUETES SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 0000132/2011. FIRME: Si, Fecha de resolución 3/06/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GIJON. Juez: FRANCISCO JOSE PAÑEDA US… - 04/07/2011#1287154
GENERAL DE JUGUETES SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 0000132/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 3/06/2011. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 3 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE GIJON. Juez: FRANCISCO JOSE PAÑEDA US…
Documents officiels
Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.
Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
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Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
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Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
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Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Les sociétés espagnoles qui exercent la même activité — Fabricación de juegos y juguetes — sont listées ensemble.
Justice · concursos
- Apertura de liquidación28/10/2025⚖️ MERCANTIL DE GIJÓN Nº 003Proc. 132/2011RPC-625017RPCConsulter sur le RPC ↗Juge : RAFAEL ABRIL MANSO
Que en el INCIDENTE CONCURSAL 132/2011/0001 seguido en este tribunal, de la concursada GENERAL DE JUGUETES S.A. con CIF A-33226622, se ha dictado en el día 09-10-2025, Auto nº 413/2025 que abre la fase de liquidación, por incumplimiento de Convenio
- Convenio de acreedores19/03/2012⚖️ GIJÓNProc. 03/2012BOE-B-2012-9000 ↗
El Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal anuncia: Que en el concurso voluntario abreviado número 132/11 seguido a instancias de General de Juguetes, S.A., con domicilio en C/ Marie Curie, n.º 37, Polígono Industrial Mora Garay Tremañes, Gijón, CIF A-33226622, se ha dictado sentencia en fecha 01/03/2012 aprobando la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada, en la que se acuerda: 1.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta anticipada de convenio presentada por la concursada General de Juguetes, S.A., cuyo resultado fue proclamado en Decreto de fecha 3 de Febrero de 2012. 2.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición de los deudores, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que sea parte la concursada y sobre sus acreedores, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte. 3.- Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de las personas físicas concursadas, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI. No obstante su cese, y según establece el artículo 133.3 de la LC., los administradores concursales conservarán plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme. 4.- Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión. 5.- Se requiere a la concursada a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio. 6.- Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de estas resoluciones, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Gijón, 6 de marzo de 2012.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso16/06/2011⚖️ GIJÓNBOE-B-2011-20308 ↗
Don Miguel Ángel Álvarez Turanzas, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Gijon, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº Sección I Declaración Concurso 0000132/2011 se ha dictado a instancias de General de Juguetes, S.A. en fecha 3 de junio de 2011 auto de declaración de concurso voluntario del deudor General de Juguetes, S.A., CIF A33226622, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Marie Curie, nº 37, Polígono Industrial Mora Garay, Tremañes, Gijón. La declaración del presente concurso tiene la consideración de voluntario. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que venía ejerciendo el deudor. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante el Decanato de los Juzgados de Gijón, sito en la C/ Decano Prendes Pando, nº 1, 4ª planta, dirigida a este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal). Gijón, 3 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.