HARVAY SOCIEDAD LIMITADA
Hoja T8082· NIF B08775777
- Domicile :
- Forme juridique :
- Sociedad Limitada (SL)
- Dirigeants :
- Forcada Cid Jorge Isidro, Forcada Cid Juan Jose
Informations juridiques
Informations juridiques de HARVAY SOCIEDAD LIMITADA
Activité
HARVAY SOCIEDAD LIMITADA est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Tarragona, Cataluña. Le Registro Mercantil a publié 3 actes la concernant, du 10 mai 2010 au 16 décembre 2019.
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Actuels
- Forcada Cid Jorge IsidroAdministrador Solidario
- Forcada Cid Juan JoseAdministrador Solidario
Cartographie des dirigeants
Chronologie (BORME)
- 16/12/2019#5708797
HARVAY SOCIEDAD LIMITADA. Cierre provisional de la hoja registral por revocación del NIF. Datos registrales. T 983 , F 79, S 8, H T 8082, I/A RCIF (26.11.19).
- 14/11/2016#4104767
HARVAY SOCIEDAD LIMITADA. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 983 , F 79, S 8, H T 8082, I/A NOTA (27.10.16).
- 10/05/2010#713316
HARVAY SOCIEDAD LIMITADA. Situación concursal. Procedimiento concursal 6/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 22/03/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 7 PRIMERA INSTANCIA DE TARRAGONA MERCANTIL. Juez: MARIA ARANZAZU ORTI…
Documents officiels
Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.
Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
Public
Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Tarragona — sont listées ensemble, avec leur adresse.
Justice · concursos
- Declaración de concurso06/12/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de TarragonaProc. 6/2010BOE-B-2014-42926 ↗
El Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso voluntario de la mercantil HARVAY SL (CIF B08775777), seguidos en este Juzgado con el n.º 6/2010 Sección 3, se ha dictado en fecha 4-11-14 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de HARVAY S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 6/2010 a instancias de HARVAY S.L. y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa. Se declara la extinción de la mercantil HARVAY S.L., con CIF n.º B08775777, y domicilio social en c/ Major, n.º 30, de Santa Bárbara (Tarragona) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona, para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de la administración concursal, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. Para ello líbrese el mandamiento que será entregado al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Amposta. Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma don César Suárez Vázquez, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 de Tarragona. Doy fe." Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 26 de noviembre de 2014.- El Secretario judicial.
- Declaración de concurso30/03/2010⚖️ TARRAGONAProc. 6/2010BOE-B-2010-11029 ↗
El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona, por el presente Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 6/2010 se ha dictado en fecha 22 de marzo de 2.010 Auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil Harvay, SL, con CIF nº B08775777, y domicilio social en C/ Major, n.º 30, Santa Barbara (Tarragona), representada por la Procuradora de los Tribunales doña Marta López Cano y defendida por el Letrado Don Diego Coma González, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando la concursada, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación del administrador concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Joan Corominas Vidal la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 22 de marzo de 2010.- El Secretario Judicial.