JESMAR REPOSTERIA SL
Hoja SC492· NIF B15260110
- Domicile :
- Forme juridique :
- Sociedad Limitada (SL)
- Dirigeant :
- Garrido Cachafeiro Maria De Los Angeles
Informations juridiques
Informations juridiques de JESMAR REPOSTERIA SL
Activité
JESMAR REPOSTERIA SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à A Coruña, Galicia. Le Registro Mercantil a publié 4 actes la concernant, du 8 mars 2011 au 26 juillet 2021.
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Actuels
- Garrido Cachafeiro Maria De Los AngelesAdministrador Único
Cartographie des dirigeants
Chronologie (BORME)
- 26/07/2021#6541116
JESMAR REPOSTERIA SL(R.M. SANTIAGO DE COMPOSTELA). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 119 , F 211, S 8, H SC 492, I/A NM2 (14.07.21).
- 05/07/2019#5479860
JESMAR REPOSTERIA SL(R.M. SANTIAGO DE COMPOSTELA). Cierre provisional de la hoja registral por revocación del NIF. Datos registrales. T 119 , F 211, S 8, H SC 492, I/A NM1 (26.06.19).
- 05/10/2011#1400449
JESMAR REPOSTERIA SL(R.M. SANTIAGO DE COMPOSTELA). Situación concursal. Procedimiento concursal 388/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 28/12/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE A CORUÑA. Jue… - 08/03/2011#1110048
JESMAR REPOSTERIA SL(R.M. SANTIAGO DE COMPOSTELA). Situación concursal. Procedimiento concursal 388/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 28/12/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 2 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE A CORUÑA. Jue…
Documents officiels
Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.
Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
Public
Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — A Coruña — sont listées ensemble, avec leur adresse.
Justice · concursos
- Declaración de concurso08/01/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de La CoruñaProc. 388/2010BOE-B-2019-434 ↗
El Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de La Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia Que en el procedimiento Concurso Voluntario Abreviado Número 388/2010, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso, con fecha 5 de diciembre de 2018, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: 1.-Declarar la conclusión del procedimiento sobre concurso ordinario Jesmar Repostería, S.L., provista de CIF B-15.260.110 (datos registrales, Registro Mercantil de A Coruña Tomo 778 del archivo, sección general, folio 188, hoja número C-492) por finalización de las operaciones de liquidación, e insuficiencia de la masa activa y, en consecuencia, el archivo de las actuaciones. 2.-Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal. 3.-Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes. 4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro, a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro. 5.-Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración. 6.-Se acuerda la publicidad de esta resolución mediante anuncia, de forma gratuita, en el Boletín Oficial del Estado, ello por insuficiencia de bienes y derechos del concursado. 7.-Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC. 8.-Comuníquese la conclusión del concurso a los Órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo. 9.-Notifíquese al Ministerio Fiscal esta resolución y de los antecedentes necesarios. 10.-Una vez realizados por la AC los pagos cuya propuesta fue aportada en su informe final y rendición final de cuentas presentada, y aprobada con esta resolución, se requiere a la AC para que aporte justificación acreditativa de haber verificado los mismos. Modo de impugnación: Esta resolución es firme, y contra ello no podrá interponerse recurso alguno de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.1 de la LC. Así por este Auto, lo acuerda, manda y firma doña Amelia María Pérez Mosteiro, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de A Coruña, en comisión de servicios. Doy Fe. Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presento Edicto. A Coruña, 2 de enero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Sandra Pérez Gómez.
- Otro acto concursal24/01/2011⚖️ A CORUÑABOE-B-2011-2262 ↗
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número Dos de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 388/10-J, por Auto de 28 de diciembre de 2010, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Jesmar Repostería, S. L. domiciliado en el lugar de As Galanas s/n, Teo (A Coruña) con CIF B-15260110 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Santiago de Compostela. 2º.- La deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El Plazo para esta comunicación es el de 15 días, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la Ley Concursal). 5º.- Que ha sido nombrado administrador concursal único el Economista Don Francisco Conde Barros, con despacho profesional en Polígono Industrial Ciudad del Transporte 61 de Santiago de Compostela. A Coruña, 28 de diciembre de 2010.- El/La Secretario/a.