MARSADI SA EN LIQUIDACION
Hoja A17976· NIF A03326949
- Domicile :
- Forme juridique :
- Sociedad Anónima (SA)
Informations juridiques
Informations juridiques de MARSADI SA EN LIQUIDACION
Activité
MARSADI SA EN LIQUIDACION est une Sociedad Anónima (SA) dont le siège social est à Alicante, Comunitat Valenciana. Le Registro Mercantil a publié 9 actes la concernant, du 29 mai 2009 au 21 septembre 2023, répartis en 6 types d'actes distincts.
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Anciens
- Fenoll Marcos EmilioCessation le 08/10/2012Administrador Solidario
- Fenoll Marcos FernandoCessation le 08/10/2012Administrador Solidario
Cartographie des dirigeants
Actos enregistrés
Changements
- 18/10/2012Cambio de denominación social
MARSADI SA→MARSADI SA EN LIQUIDACION
- 18/10/2012Disolución
- 14/09/2009Modificaciones estatutarias
Chronologie (BORME)
- 21/09/2023#7716420Cierre provisional hoja registral
MARSADI SA EN LIQUIDACION. Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 3376 , F 169, S 8, H A 17976, I/A 14 H (13.09.23).
- 18/10/2012#1939651Ceses/DimisionesDisolución
MARSADI SA EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: FENOLL MARCOS EMILIO;FENOLL MARCOS FERNANDO. Situación concursal. Procedimiento concursal 1170/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/06/2012. Auto de apertura de la fase de liquidación. Juzg… - 29/05/2012#1744030
Dénomination : MARSADI SA
Situación concursalMARSADI SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 1170/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 13/03/2012. Auto de apertura de la fase de convenio. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: JUAN MANUEL OBREGON BELTRAN. Datos registrales.… - 06/07/2011#1289256
Dénomination : MARSADI SA
Situación concursalMARSADI SA. Situación concursal. Procedimiento concursal 1170/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 19/04/2011. Auto de declaración de concurso. Necesario. Juzgado: num. 2 DE LO MERCANTIL DE ALICANTE. Juez: SALVADOR CALERO GARCIA. Situación concursal.… - 14/09/2009#382883
Dénomination : MARSADI SA
Ceses/DimisionesNombramientosModificaciones estatutariasMARSADI SA. Ceses/Dimisiones. Adm. Mancom.: FENOLL MARCOS FERNANDO;RODRIGUEZ BELMONTE JOSE ANTONIO. Nombramientos. Adm. Solid.: FENOLL MARCOS EMILIO;FENOLL MARCOS FERNANDO. Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: Artículo 14.1) Organo… - 29/05/2009#234928
Dénomination : MARSADI SA
NombramientosMARSADI SA. Nombramientos. Apo.Sol.: FENOLL MARCOS FERNANDO;MURCIA CASELLES CARMELO. Datos registrales. T 1530 , F 218, S 8, H A 17976, I/A 10 (18.05.09).
Documents officiels
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Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
Public
Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Alicante — sont listées ensemble, avec leur adresse.
Justice · concursos
- Declaración de concurso06/08/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteBOE-B-2012-27707 ↗
Doña Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente, hago saber: Que en el procedimiento concurso ordinario - 001170/2009 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Marsadi, S.A., con CIF número A-03326949, se ha dictado Auto de fecha 19-06-12, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "...1.- Se decreta la apertura de la fase de liquidación. 2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 5.- Preséntese por el Administrador Concursal en el plazo de 15 días siguientes a la notificación, el plan de liquidación previsto en el art. 148 LC. 6.- Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los 10 días siguientes a la última de las publicaciones del presente Auto, cualquier acreedor o persona con interés legitimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la administración concursal la fecha de expiración de plazo de personación de interesados para, vencida, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC. 7.- Se suspende la junta de acreedores prevista para el día 13 de julio de 2012, a las 12:00 horas. Notifíquese la presente resolución al concursado y a todas las partes personadas en el procedimiento, procediéndose a la publicación de Edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado por plazo de diez días. Líbrese mandamiento al Registro Mercantil para que practique las inscripciones correspondientes respecto de la disolución de la concursada y de las facultades de la administración concursal. Modo de impugnación: mediante recurso de Reposición ante este Juzgado, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LECn)...." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 19 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso17/05/2012⚖️ ALICANTEProc. 3/2009BOE-B-2012-16370 ↗
Doña Pilar Solanot García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.° 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso ordinario 001170/2009-k sobre declaración de concurso de la mercantil Marsadi, S.A., con c.i.f. número A-03326949, se ha dictado auto de fecha 13.3.12, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "...1.- Se declara terminación de la de fase común del concurso. 2.-Se acuerda la apertura del fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso. 3.- Se convoca la Junta de acreedores que se celebrará el próximo 13 de julio de 2012, a las 12:00 horas en este Juzgado (Sala n.° 9 sita en la Planta), publicándose edictos en el tablón de anuncios de este juzgado y en el B.O.E., éste último de forma urgente y gratuita. 4.- No habiendo sido presentada ninguna propuesta de convenio conforme lo previsto en el art. 113.1 de la LC, ni habiendo se solicitado la liquidación por el concursado, éste y los acreedores cuyo crédito superen conjunta o individualmente, una quinta parte el total pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio, desde la convocatoria de la Junta hasta 40 días antes de la fecha señalada para su celebración, haciéndose constar que en caso de no presentarse dentro del plazo legal, propuesta de convenio, se dejará sin efecto la convocatoria a junta, y se procederá a aperturar de oficio la fase de liquidación (art. 114 y 143 L C). 5.- Comuníquese esta resolución en los incidentes concursales en los que se haya formulado protesta contra sentencia, que servirá de apelación mas próxima a los efectos del art. 197.3 L.C. Modo de impugnación: Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación conforme al art. 98 LC, como consecuencia de nuevo párrafo introducido por el RD Leg. 3/2009: "Esta resolución será apelable y tendrá la consideración de apelación mas próxima a los solos efectos de reproducir la cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.3.L.C..." Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 13 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Declaración de concurso13/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteBOE-B-2011-32725 ↗
Doña Pilar Solanto García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el Concurso ordinario 001170/2009D, sobre declaración de concurso de la mercantil Marsadi, S.A., con CIF número A03326949, se ha presentado por la administración concursal el informe preceptuadoen el art. 74 LC, y se ha dictado Providencia de fecha 14 de septiembre de 2011, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: - Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener una copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el BOE, ello conforme al art. 96L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente Concursal (art. 194 y ss. LC). Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 14 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.