MONDEL AUTOMATISMOS SA
Hoja M45804· NIF A28668572
- Forme juridique :
- Sociedad Anónima (SA)
Informations juridiques
Informations juridiques de MONDEL AUTOMATISMOS SA
Activité
MONDEL AUTOMATISMOS SA est une Sociedad Anónima (SA) dont le siège social est à Madrid. Le Registro Mercantil a publié 1 actes la concernant. Elle figure au registre comme « Baja ».
Actos enregistrés
- ExtinciónPublié le 22/09/2009· Inscrit le 10/09/2009· I/A 17
Changements
- 22/09/2009Extinción
Chronologie (BORME)
- 22/09/2009#393180Extinción
MONDEL AUTOMATISMOS SA. Otros conceptos: CONCLUSION DEL CONCURSO VOLUNTARIO ABREVIADO, ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES Y CIERRE DE LA HOJA ERGISTRAL. Situación concursal. Procedimiento concursal 196/2006. Fecha de resolución 29/05/2006. Revocación de admi…
Documents officiels
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Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
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Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
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Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Madrid — sont listées ensemble, avec leur adresse.
Justice · concursos
- Declaración de concurso25/09/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 196/2006BOE-B-2009-32273 ↗
Edicto. María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 196/2006 referente al concursado Mondel Automatismos, S. A., en liquidación, CIF A 28668572 y a los efectos previstos en el artículo 177 de la Ley Concursal en relación con el 23 del mismo cuerpo legal, se ha dictado Auto de fecha 31 de Julio de 2009 cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso voluntario abreviado de la mercantil Mondel Automatismos, S.A., en Liquidación, CIF 28668572 seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el número 196/2006 a instancias de dicha sociedad y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos de la concursada ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores. Declaro el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la deudora concursada hasta ahora subsistentes (o en su caso, de los liquidadores). Declaro el cese de la administración concursal, integrada por el Auditor don Pedro Francisco Tortosa Mondéjar, NIF 27431357Q, cuyas circunstancias constan en el Registro Mercantil de Madrid (Tomo 2639, Libro 0, Folio 26, Sección 8, Hoja M45804, A, fecha: 25/07/2006). Conforme el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la mercantil concursada y se dispone el cierre de su hoja de inscripción e nel Registro Mercantil de Madrid, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de esta resolución una vez firme. Conforme a lo previsto en el artículo 178.2 de la Ley Concursal, en los casos de conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos, el deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes. Los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento por duplicado ejemplar al Registro Mercantil de Madrid, una vez firme la presente resolución, al objeto de cancelar la inscripción de la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio; inscribir la conclusión y archivo del presente concurso, el cese de la administración concursal así como la extinción de la sociedad concursada. Los oficios y mandamientos serán entregados al procurador del solicitante concursado para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de los asientos resgistrales previstos (art. 23.3 y 24.5 de la Ley Concursal)." Madrid, 31 de julio de 2009.- La Secretaria Judicial.