NISEMO INFORMATICA SL

Hoja C30415· NIF B15873573

Radiée · 04/01/2016A Coruña
Domicile :
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)
Dénomination précédente :
ALLNET GALICIA DISTRIBUTION SL

Informations juridiques

Informations juridiques de NISEMO INFORMATICA SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000405243356
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Référence registraleTomo 2679 · Folio 168 · Hoja C30415
Anciennes dénominations
ALLNET GALICIA DISTRIBUTION SL2009-11-10
StatutLiquidada

Activité

NISEMO INFORMATICA SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à A Coruña, Galicia. Le Registro Mercantil a publié 8 actes la concernant, du 10 novembre 2009 au 4 janvier 2016, répartis en 5 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

Aucune relation enregistrée

Actos enregistrés

  1. Ceses/DimisionesPublié le 04/01/2016· Inscrit le 24/12/2015· I/A 5
  2. ExtinciónPublié le 04/01/2016· Inscrit le 24/12/2015· I/A 5
  3. Modificaciones estatutariasPublié le 10/11/2009· Inscrit le 30/10/2009· I/A 3
  4. Cambio de denominación socialPublié le 10/11/2009· Inscrit le 30/10/2009· I/A 3
  5. Cambio de domicilio socialPublié le 10/11/2009· Inscrit le 30/10/2009· I/A 3

Changements

  1. 04/01/2016Extinción
  2. 15/03/2010Cambio de denominación social

    ALLNET GALICIA DISTRIBUTION SLNISEMO INFORMATICA SL

  3. 10/11/2009Cambio de domicilio social

    AVDA DE A REVOLTA 40 BAJO (CARBALLO)

  4. 10/11/2009Modificaciones estatutarias

Chronologie (BORME)

  1. 04/01/2016#10480969
    Ceses/DimisionesExtinción
    NISEMO INFORMATICA SL(R.M. A CORUÑA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: PUENTE DIAZ ANA MARI. Situación concursal. Procedimiento concursal 106/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 4/12/2013. Auto de formación de la sección de calificación. Juzgado: num. 
  2. 23/11/2015#3597824
    NISEMO INFORMATICA SL(R.M. A CORUÑA). Situación concursal. Procedimiento concursal 106/2010. FIRME: Si, Fecha de resolución 11/02/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE A CORUÑA. Juez: JOSE M& FE
  3. 06/07/2015#3400771
    NISEMO INFORMATICA SL(R.M. A CORUÑA). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 2679 , F 168, S 8, H C 30415, I/A 3 NM (26.06.15).
  4. 15/03/2010#633326
    NISEMO INFORMATICA SL(R.M. A CORUÑA). Situación concursal. Procedimiento concursal 106/2010. FIRME: No, Fecha de resolución 11/02/2010. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL DE A CORUÑA. Resoluciones: An
  5. 10/11/2009#457746

    Dénomination : ALLNET GALICIA DISTRIBUTION SL

    Modificaciones estatutariasCambio de denominación socialCambio de domicilio social
    ALLNET GALICIA DISTRIBUTION SL(R.M. A CORUÑA). Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: 1.- Relativo a la denominación social. Artículo de los estatutos: 4.- Relativo al domicilio social. Cambio de denominación social. NISEMO INFORMATI

Documents officiels

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Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

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Coordonnées

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CourrielRéservé aux utilisateurs inscrits
Réseaux sociaux
Adresse complèteAVDA DE A REVOLTA 40 BAJO (CARBALLO), A Coruña
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Adresses publiéesRéservé aux utilisateurs inscrits
HorairesRéservé aux utilisateurs inscrits

Prospecter

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Justice · concursos

  1. Conclusión del concurso10/08/2015
    ⚖️ A CORUÑAProc. 07/2015

    Don Fernando Santiso Vázquez, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, en cumplimento de lo dispuesto del artículo 23 de Ley Concursal (LC), hace saber: 1.º Que en el procedimiento número 0000106/2010, por auto de fecha 6/7/15 se ha declarado la conclusión y archivo de concurso voluntario al deudor NISEMO INFORMÁTICA, S.L., con CIF B- 15873573, con domicilio en Avda. Da Revolta, n.º 40, bajo, 15100 Carballo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Carballo (A Coruña). En los autos de referencia se ha dictado la siguiente resolución de 6/07/2015, cuyos hechos y parte dispositiva son el tenor literal que sigue: Hechos Único.- Finalizada la fase común y realizadas las operaciones de liquidación de la sección quinta conforme al plan de liquidación aprobado en el concurso voluntario abreviado de la deudora NISEMO INFORMÁTICA, S.L. (Autos núm. 106/2010-B), la administración concursal presentó el día 25 de noviembre de 2011 escrito justificando la finalización de las operaciones de liquidación y su resultado, sin que existan acciones viables de reintegración o de responsabilidad de terceros, incluyendo una completa rendición de cuentas con arreglo a la cual la masa activa de la entidad concursada se ha aplicado a la satisfacción de los créditos contra la masa y parcialmente de los créditos privilegiados. Por providencia de 16 de enero de 2012 se tiene por presentado el referido escrito de rendición de cuentas y conclusión de concurso, si bien no procede abrir el trámite de rendición de cuentas por conclusión del procedimiento por inexistencia de bienes al hallarse abierta la sección de calificación. Por sentencia de fecha 4 de diciembre de 2013 dictada en la sección sexta del concurso, fue este declarado culpable. Por escrito de 8 de enero de 2015, firme la sentencia de calificación, la administración concursal solicita nuevamente que se declare la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos de la entidad concursada. Puestos de manifiesto a las partes personadas el informe y rendición de cuentas presentados por la administración concursal no se formuló oposición alguna dentro de plazo legal por parte de la deudora o de las demás partes personadas o interesados. Dispongo: La conclusión y archivo por fin de la liquidación del proceso concursal voluntario n.º 106/2010 - B de la deudora NISEMO INFORMÁTICA, S.L., domiciliada en avenida de A Revolea, núm. 40, bajo, CP 15100 Carballo, A Coruña, CIF B-15873573, e inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 2.679 del Archivo, sección general, folio 168, hoja C-30.415, inscripción 3.ª Acuerdo igualmente la extinción de la personalidad jurídica de la deudora y el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil de A Coruña, para lo que se librará mandamiento con testimonio de este Auto. Apruebo la rendición de cuentas presentada por la administración concursal que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. Notifíquese el auto a las partes personadas y publíquese en la parte necesaria en el BOE, extractando en la medida necesaria el contenido del auto y solicitando la inserción gratuita del anuncio conforme a lo actualmente previsto en el artículo 23 de la LC. Publíquese, igualmente, en el Registro Público Concursal regulado por el RD 892/2013, de 15 de noviembre, y particípese la conclusión a los mismos Juzgados a los que se comunicó la declaración del concurso. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma Marcos A. López Suárez, Juez sustituto en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil n.º uno de A Coruña; doy fe. Se expide la presente. A Coruña, 8 de julio de 2015.- El Secretario.

    BOE-B-2015-25369
  2. Otro acto concursal27/02/2010
    ⚖️ A CORUÑA

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º- Que en el procedimiento número 0000106/2010, por auto de fecha 11 de febrero de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Nisemo Informática, S.L., CIF B-15873573 con domicilio en Avda. da Revolta, nº 40 bajo - 15100 - Carballo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Carballo (A Coruña). 2º- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5º- Que la administración concursal está integrada por: Doña Mª Asunción Blanco Regueiro, con despacho en c/ Fomento, 9 - entresuelo - Carballo. A Coruña, 12 de febrero de 2010.- El Secretario Judicial.

    BOE-B-2010-7528
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