OLIBU SOCIEDAD LIMITADA
Hoja IB2126· NIF B07274327
- Domicile :
- Activité :
- Construcción de edificios no residenciales
- Forme juridique :
- Sociedad Limitada (SL)
Informations juridiques
Informations juridiques de OLIBU SOCIEDAD LIMITADA
Activité
OLIBU SOCIEDAD LIMITADA est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Illes Balears. Son activité déclarée est « Construcción de edificios no residenciales » (CNAE 4122). Le Registro Mercantil a publié 5 actes la concernant, du 23 mai 2014 au 27 décembre 2019, répartis en 4 types d'actes distincts.
Activité économique (CNAE)
4122 · Construcción de edificios no residenciales
Dirigeants et représentants
Administrateurs
Anciens
- Buj Ribas CarlosCessation le 13/12/2019Administrador Único
Cartographie des dirigeants
Actos enregistrés
- RevocacionesPublié le 27/12/2019· Inscrit le 13/12/2019· I/A 10
- ExtinciónPublié le 27/12/2019· Inscrit le 13/12/2019· I/A 10
- Ceses/DimisionesPublié le 12/03/2018· Inscrit le 28/02/2018· I/A 9
- DisoluciónPublié le 12/03/2018· Inscrit le 28/02/2018· I/A 9
Changements
- 27/12/2019Cambio de denominación social
OLIBU SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION→OLIBU SOCIEDAD LIMITADA
- 27/12/2019Extinción
- 12/03/2018Cambio de denominación social
OLIBU, SOCIEDAD LIMITADA→OLIBU SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
- 12/03/2018Disolución
Chronologie (BORME)
- 27/12/2019#5728427RevocacionesExtinción
OLIBU SOCIEDAD LIMITADA(R.M. EIVISSA). Revocaciones. Apoderado: BUJ RIBAS CARLOS. Situación concursal. Procedimiento concursal 463/2017. FIRME: SI, Fecha de resolución 02/05/2017. Auto de conclusión del concurso. Finalización de fase de liquidación. … - 12/03/2018#4787601
Dénomination : OLIBU SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
Ceses/DimisionesDisoluciónOLIBU SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION(R.M. EIVISSA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: BUJ RIBAS CARLOS. Situación concursal. Procedimiento concursal 463/2017. FIRME: SI, Fecha de resolución 02/05/2017. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzga… - 23/05/2014#2818249
Dénomination : OLIBU, SOCIEDAD LIMITADA
OLIBU, SOCIEDAD LIMITADA(R.M. EIVISSA). Pérdida del caracter de unipersonalidad. Datos registrales. T 43, L 43, F 203, S 8, H IB 2126, I/A 8 (19.05.14).
Documents officiels
Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.
Nota informativa mercantil
État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.
Public
Dépôt de comptes annuels
Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.
Public
Certification des statuts
Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.
Public
Certification des pouvoirs
Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).
Public
Certification d'existence et de cargos en vigueur
Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.
Public
Certification des bénéficiaires effectifs
Bénéficiaires effectifs officiels de la société.
Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)
Rapport sur la position de risque
Rapport de risque commercial de la société.
Public
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Coordonnées
Prospecter
Les sociétés espagnoles qui exercent la même activité — Construcción de edificios no residenciales — sont listées ensemble.
Justice · concursos
- Conclusión del concurso14/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de MallorcaBOE-B-2019-43273 ↗
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 463/17 y NIG nº 07040 47 1 2017 0000939 se ha dictado auto de conclusión del concurso del deudor Olibu, S.L., con CIF B07274327, habiéndose aprobado en el citado auto la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal, quedando la misma de manifiesto en esta Oficina Judicial. Palma de Mallorca, 4 de octubre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Enrique Tévar Fernández.
- Declaración de concurso17/05/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de MallorcaProc. 05/2017BOE-B-2017-30056 ↗
Don Juan Enrique Tévar Fernández, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 463/17 y NIG n.º 07040 47 1 2017 0000939 se ha dictado en fecha 2/05/2017 auto de declaración de concurso voluntario ordinario y apertura de la fase de liquidación del deudor Olibu, S.L., con CIF B-07274327, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Sant Josep de Sa Talaia, Ibiza, edificio L´Urgell, local 5. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3.º Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.º Que la abogada nombrada administradora concursal D.ª Zulema Velasco Nieto, en fecha 9/5/2017 ha aceptado el cargo. 5.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal calle Vicente Serra i Orvay, número 2 1-a Ibiza o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 9 de mayo de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.