PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA

Hoja GC17762· NIF B35480953

Radiée · 25/02/2015Las Palmas
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA

NIF
Hoja registral
IRUS1000398142987
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Référence registraleTomo 1337 · Folio 83 · Hoja GC17762
Anciennes dénominations
PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION2013-04-25 → 2013-06-21
StatutLiquidada

Activité

PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Las Palmas, Canarias. Le Registro Mercantil a publié 3 actes la concernant, du 25 avril 2013 au 25 février 2015, répartis en 2 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

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Actos enregistrés

  1. ExtinciónPublié le 25/02/2015· Inscrit le 13/02/2015· I/A 5
  2. Ceses/DimisionesPublié le 25/04/2013· Inscrit le 18/04/2013· I/A 4

Changements

  1. 25/02/2015Cambio de denominación social

    PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACIONPROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA

  2. 25/02/2015Extinción

Chronologie (BORME)

  1. 25/02/2015#3209281
    Extinción
    PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA(R.M. LAS PALMAS). Situación concursal. Procedimiento concursal 48/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 28/10/2014. Auto de conclusión del concurso. Inexistencia de bienes. Juzgado: num. 1 JUZGADO DE LO MERCANTIL. Juez: JU
  2. 21/06/2013#2336848

    Dénomination : PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

    PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION(R.M. LAS PALMAS). Fe de erratas: Rectificación de la publicación de la inscripción 4& de la sociedad "PROYPROCAN, S.L." por haberse cesado A D. Adrián Bartolomé Diaz Saavedra Zerolo an su cargo de Administr
  3. 25/04/2013#2247031

    Dénomination : PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

    Ceses/Dimisiones
    PROYPROCAN SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION(R.M. LAS PALMAS). Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: MOLINA ALSO GONZALO MARTIN;PEREZ TRUJILLO MARIA DEL CARMEN. Situación concursal. Procedimiento concursal 48/2009. FIRME: Si, Fecha de resolución 27/07/2009. 

Documents officiels

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Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

Public

Certification d'existence et de cargos en vigueur

Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

Public

Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

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Coordonnées

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Réseaux sociaux
Adresse complèteLas Palmas

Prospecter

Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Las Palmas — sont listées ensemble, avec leur adresse.

Justice · concursos

  1. Conclusión del concurso18/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria; doy feProc. 48/2009

    Edicto Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Las Palmas de G.C. Por el presente hago saber que en el procedimiento concursal abreviado voluntario n.º 48/2009, seguido a instancia de la Procuradora doña Emma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de Proyprocan, S.L., con CIF B-35.480.953 y domicilio social en calle Senador Castillo Olivares, n.º 45, Las Palmas de G.C., C.P. 35013 y los Administradores solidarios Gonzalo Molina Alsó con DNI 42.753.928-X y María del Carmen Pérez Trujillo, con DNI 42.766.306-Z;, se ha dictado resolución, Auto en fecha 28 de octubre de 2014, en cuya parte dispositiva consta lo siguiente: Parte dispositiva Acuerdo: Procede la conclusión del concurso, dejando sin efecto la situación de concursado de PROYPROCAN, S.L., y el archivo de las actuaciones. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal. Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, despacho que se entregará al solicitante del concurso para que se encargue de su publicación. Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado. Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil, los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado. Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno. Así lo dispone, manda y firma don Juan José Cobo Plana, Magistrado-Juez, en comisión de servicio, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria; doy fe. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 2 de febrero de 2015.- La Secretaria judicial.

    BOE-B-2015-4981
  2. Declaración de concurso29/12/2010
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 48/2009

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Las Palmas de G.C., Por el presente, hago saber, que en el procedimiento concursal abreviado voluntario nº 48/2009, seguido a instancia de la Procuradora Doña Emma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de Proyprocan, S.L., con C.I.F. B-35.480.953 y domicilio social en calle Senador Castillo Olivares, nº 45, Las Palmas de G.C., C.P. 35013 y los administradores solidarios Gonzalo Molina Alsó con D.N.I. 42.753.928-X y María del Carmen Pérez Trujillo con D.N.I. 42.766.306-Z;, se ha dictado auto en fecha 14 de diciembre de 2010, en cuya parte dispositiva consta lo siguiente: Se acuerda el fin de la fase común y la apertura de la fase liquidación respecto a la entidad concursada Proyprocan, S.L. Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título II y III de la presente Ley. Se declara la disolución y en su caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en esta Ley Concursal. Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Se hace saber a los Administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal. Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días siguientes a la última publicación de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal. Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la espiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados, así como de notificación a los acreedores y al deudor, en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.4 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente edicto. Las Palmas de G.C., 14 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2010-44474
  3. Otro acto concursal15/10/2009
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal abreviado número 0000048/2009 referente a la entidad mercantil Proyprocan, S.L., con C.I.F. B-35.480.953 y domicilio social en calle Senador Castillo Olivares, nº 45, Las Palmas de G.C., C.P. 35013 y los administradores solidarios Gonzalo Molina Alsó con D.N.I. 42.753.928-X y María del Carmen Pérez Trujillo con D.N.I. 42.766.306-Z; se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones del presente edicto que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el Boletín Oficial del Estado. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de G.C., 7 de octubre de 2009.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2009-34804
  4. Otro acto concursal10/08/2009
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIA.Proc. 48/2009

    Edicto. Por el presente se hace saber que en procedimiento concursal nº 48/2009 seguido a instancias del Procurador D. Alfredo Crespo Sánchez, en nombre y representación de Proyprocan S.L., con C.I.F. B-35.480.953, y domicilio social en calle Senador Castillo Olivares, 45, Las Palmas de G.C.; Gonzalo Martín Molina Alsó con D.N.I. 42.753.928-X y María del Carmen Pérez Trujillo con D.N.I. 42.766.306-Z, se ha dictado Auto en el día 27 de julio de 2009, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares: Se declara el concurso de Proyprocan S.L., Gonzalo Martín Molina Also y Maria Del Carmen Perez Trujillo, el que se tramitará por el procedimiento concursal abreviado. A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Se designa como Administrador del concurso al letrado Adrián Díaz-Saavedra Zerolo. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la última de las publicaciones acordadas en el Auto, conforme establece el apartado uno del artículo 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo. En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio se acuerda la total intervención de dichas facultades de conformidad con lo establecido en el artículo 44.2 y 3 de la L.C. Tomás Luis Martin Rodríguez, Magistrado-Juez. María Victoria Basanta Eiras, Secretaria. Firmados y rubricados " Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 3/2009, de 27 de marzo, se expide el presente Edicto. Las Palmas de G.C., 30 de julio de 2009.- María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Las Palmas.

    BOE-B-2009-27946
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