INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL

Hoja IF3023· NIF B35628544

VigenteLas Palmas
Domicile :
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000194741356
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Référence registraleTomo 57 · Folio 191 · Hoja IF3023
StatutVigente

Activité

INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Las Palmas, Canarias. Le Registro Mercantil a publié 3 actes la concernant, du 18 mai 2010 au 20 septembre 2019, répartis en 2 types d'actes distincts.

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

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Actos enregistrés

  1. Ceses/DimisionesPublié le 25/01/2019· Inscrit le 02/01/2019· I/A 8
  2. RevocacionesPublié le 18/05/2010· Inscrit le 04/05/2010· I/A 7

Chronologie (BORME)

  1. 20/09/2019#5586325
    INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL(R.M. PUERTO DEL ROSARIO). Cierre provisional hoja registral por baja en el índice de Entidades Jurídicas. Datos registrales. T 57 , F 191, S 8, H IF 3023, I/A NM (27.08.19).
  2. 25/01/2019#5224979
    Ceses/Dimisiones
    INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL(R.M. PUERTO DEL ROSARIO). Ceses/Dimisiones. Vicepresid.: BARROSO VIZCAINO FELIPE. Consejero: BARROSO VIZCAINO FELIPE. Presidente: FERNANDEZ LAUREANO JOSE ENRIQUE. Con.Delegado: FERNANDEZ LAUREANO JOSE ENRIQUE. Consejero: 
  3. 18/05/2010#724806
    Revocaciones
    INMOBILIARIA EL ACEITUNAL SL(R.M. PUERTO DEL ROSARIO). Revocaciones. Apoderado: DOMINGUEZ HORMIGA FLAVIO ARTEMIO. Datos registrales. T 57 , F 191, S 8, H IF 3023, I/A 7 ( 4.05.10).

Documents officiels

Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.

Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

Public

Certification d'existence et de cargos en vigueur

Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

Public

Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

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Coordonnées

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Adresse complèteNO CONSTA, LAS PALMAS
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Prospecter

Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Las Palmas — sont listées ensemble, avec leur adresse.

Justice · concursos

  1. Declaración de concurso09/02/2017
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 86/2012

    Edicto. Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 86/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", con CIF: B-35628544, se ha dictado auto en esta fecha, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Se declara concluso el concurso de acreedores de Inmobiliaria El Aceitunal, dejando sin efecto la situación de concursado, con desestimación de la oposición formulada por el Procurador de los Tribunales Sr. Curbelo Ortega, actuando en la representación que tiene acreditada en los autos Concurso Ordinario 86/2012, sin imposición de las costas a ninguna de las partes. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal. Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que en su caso se hayan acordado. Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros correspondientes, los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 4 de marzo de 2016, dejando sin efecto el auto de 7 de marzo de 2016 en el que se acordaba la apertura de la fase de liquidación. Se acuerda el cese de lo Administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Líbrense al efecto los correspondientes mandamientos y oficios que se entregan al Procurador del solicitante para su diligenciamiento, debiendo en el plazo de 5 días acreditar la presentación con los requisitos necesarios ante las oficinas correspondientes, bajo apercibimiento de incurrir en responsabilidad profesional en caso de demora. Contra este auto cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial a interponer ante este Juzgado en el plazo de veinte días. Las Palmas de Gran Canaria, 30 de enero de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2017-7625
  2. Declaración de concurso31/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 86/2012

    Edicto Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 86/2012, seguido en virtud de la declaración de concurso de Inmobiliaria El Aceitunal, S.L., y CIF n.º B-35628544, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de 2013.- Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-29733
  3. Declaración de concurso19/02/2013
    ⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 86/2012

    Edicto. Doña María Victoria Bastana Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 86/2012, seguido a instancias del Procurador don Ángel Colina Gómez, en nombre y representación de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", se ha dictado Auto el día 31/1/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso de "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L.", con CIF n.º B35628544, el que se tramitará por el procedimiento ordinario. A los efectos oportunos, el presente concurso tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley Concursal, el presente edicto se insertará en el Registro Público Concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el "Boletín Oficial del Estado". Se designan como Administradores del concurso a: "Abogados y Economistas Concursales Integrados, S.C.P.", representada por don José Afonso Suárez como Abogado, con domicilio el de c/ Triana, n.º 44, y código postal 35002, teléfono 928-43-15-90 y fax 928-43-14-35, así como dirección electrónica [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: El deudor "Inmobiliaria El Aceitunal, S.L." conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los Administradores concursales, mediante su autorización o conformidad. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, en el domicilio designado por la administración concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Don Alberto López Villarubia, Magistrado-Juez. Doña María Victoria Bastana Eiras, Secretaria Judicial. Firmados y rubricados. Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los artículos 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en Las Palmas de Gran Canaria, 6 de febrero de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-6417
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