SODIMPER MALAGA SL

Hoja MA84439· NIF B92741578

Radiée · 30/03/2017Málaga
Domicile :
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de SODIMPER MALAGA SL

NIF
Hoja registral
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
LocalitéMálaga
Référence registraleTomo 4057 · Folio 150 · Hoja MA84439
StatutBaja

Activité

SODIMPER MALAGA SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Málaga (Andalucía). Le Registro Mercantil a publié 3 actes la concernant, répartis en 3 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Baja ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

Chargement…

Actos enregistrés

  1. ExtinciónPublié le 30/03/2017· Inscrit le 16/03/2017· I/A 3
  2. Ceses/DimisionesPublié le 30/03/2017· Inscrit le 16/03/2017· I/A 2
  3. DisoluciónPublié le 30/03/2017· Inscrit le 16/03/2017· I/A 2

Changements

  1. 30/03/2017Disolución
  2. 30/03/2017Extinción

Chronologie (BORME)

  1. 30/03/2017#4315939
    Extinción
    SODIMPER MALAGA SL. Situación concursal. Procedimiento concursal 440.01/2016. FIRME: Si, Fecha de resolución 24/11/2016. Auto de conclusión del concurso. Insuficiencia de la masa activa. Juzgado: num. 1 DE LO MERCANTIL DE MALAGA. Juez: JOSE VIVAS GON
  2. 30/03/2017#4315938
    Ceses/DimisionesDisolución
    SODIMPER MALAGA SL. Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: NARANJO CONDE FRANCISCO JAVIER. Situación concursal. Procedimiento concursal 440.01/2016. FIRME: Si, Fecha de resolución 27/07/2016. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num. 1 DE LO 

Documents officiels

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Rapport sur la position de risque

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Adresse complèteMálaga
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Prospecter

Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Málaga — sont listées ensemble, avec leur adresse.

Justice · concursos

  1. Conclusión del concurso29/12/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga anuncia:

    EDICTO El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga anuncia: Que en el procedimiento concursal 440/16 (N.I.G.:2906742M20160000950) referente al concursado SODIMPER MÁLAGA, S.L., con CIF Nº B92741578, se ha dictado auto de fecha 24 de noviembre de 2016 acordando la conclusión del concurso y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de SODIMPER MÁLAGA, S.L. por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Acuerdo la extinción de la sociedad, debiéndose emitir los mandamientos de cancelación oportunos con testimonio de la presente resolución. No habiéndose presentado por la A.C., la preceptiva rendición de cuentas, acuerdo que se le requiera para ello en el plazo de 15 días, en los términos detallados en el artículo 152.2 de la Ley Concursal. La conclusión del concurso produce los efectos regulados en el artículo 178 de la Ley Concursal. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Notifíquese a las partes la presente resolución en los términos regulados en el art 177 de la LC. Málaga, 24 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2016-67578
  2. Apertura de liquidación24/09/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaProc. 440/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 440/2016, con NIG 2906742M20160000950 por auto de 27 de julio de 2016 se ha declarado en concurso voluntarios al deudor SODIMPER MÁLAGA, S.L., con CIF B92.741.578, domicilio en Málaga C/ Diderot, n.º 9, Nave 16-B, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2º.- Que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor, declarándose disuelta la sociedad SODIMPER MÁLAGA, S.L., y cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 3º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 4º- Que la Administración concursal la integra D.ª CARMEN ASENSIO NAVARRO, provista de DNI 27270242-Q; Española, mayor de edad, con vecindad civil común, estado civil soltera, domicilio y dirección postal Alameda de Colón, núm 15, segunda planta, 4.ª puerta, 29001 vecina de Málaga, tfno: 646048674. - profesión: economista y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 5º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 6º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 7º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 12 de septiembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

    BOE-B-2016-44624
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