SOLCLITEC GALICIA SL

Hoja C41767· NIF B70118013

Radiée · 25/11/2015A Coruña
Domicile :
Activité :
Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de SOLCLITEC GALICIA SL

NIF
Hoja registral
IRUS1000076535562
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
Référence registraleTomo 3226 · Folio 111 · Hoja C41767
StatutLiquidada

Activité

SOLCLITEC GALICIA SL est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à A Coruña, Galicia. Son activité déclarée est « Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado » (CNAE 4322). Le Registro Mercantil a publié 4 actes la concernant, du 22 juin 2011 au 25 novembre 2015, répartis en 4 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Activité économique (CNAE)

4322 · Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

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Actos enregistrés

  1. Ceses/DimisionesPublié le 25/11/2015· Inscrit le 18/11/2015· I/A 3
  2. ExtinciónPublié le 25/11/2015· Inscrit le 18/11/2015· I/A 3
  3. Modificaciones estatutariasPublié le 22/06/2011· Inscrit le 13/06/2011· I/A 2
  4. Ampliacion del objeto socialPublié le 22/06/2011· Inscrit le 13/06/2011· I/A 2

Changements

  1. 25/11/2015Extinción
  2. 22/06/2011Ampliación del objeto social

    Instalaciones de fontanería, calefacción, gas, energía solar, contra incendios. Comercio de aparatos electrodomésticos y electrónicos. Obras de acondicionamiento y reformas. Intermediación comercial. Promoción, construcción y compraventa de inmuebles. Ejecución de obras. Servicios de limpieza. Adqui.

  3. 22/06/2011Modificaciones estatutarias

Chronologie (BORME)

  1. 25/11/2015#3602243
    Ceses/DimisionesExtinción
    SOLCLITEC GALICIA SL(R.M. A CORUÑA). Ceses/Dimisiones. Adm. Unico: BERNEDO RODRIGUEZ FRANCISCO. Situación concursal. Procedimiento concursal 281/2015. FIRME: Si, Fecha de resolución 5/06/2015. Auto de declaración de concurso. Voluntario. Juzgado: num
  2. 22/06/2011#1270884
    Modificaciones estatutariasAmpliacion del objeto social
    SOLCLITEC GALICIA SL(R.M. A CORUÑA). Modificaciones estatutarias. Artículo de los estatutos: RELATIVO AL OBJETO SOCIAL.-. Ampliacion del objeto social. Instalaciones de fontanería, calefacción, gas, energía solar, contra incendios. Comercio de aparat

Documents officiels

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Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

Public

Certification d'existence et de cargos en vigueur

Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

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Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

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Prospecter

Les sociétés espagnoles qui exercent la même activité — Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado — sont listées ensemble.

Justice · concursos

  1. Declaración de concurso13/07/2015
    ⚖️ A CORUÑA

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el concurso voluntario ordinario número 281/15-L, seguido ante este Juzgado a instancia del Procurador don Diego Ramos Rodríguez en nombre y representación de la entidad Solclitec Galicia, S.L., el día 5 de junio de 2015 se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: 1. Declaro el estado de concurso voluntario ordinario de la sociedad de capital "Solclitec Galicia, S.L.", con domicilio social sito en A Coruña, calle Alcalde Salorio Suárez, portal 14, local 19; inscrita en el Registro Mercantil de A Coruña, al tomo 3.226 del Archivo, Sección General, folio 106, hoja registral número C-41.767, y con CIF B-70.118.013. 2. Declaro concluso el concurso por insuficiencia de masa activa y en consecuencia, procede acordar la extinción de la sociedad de capital instante "Solclitec Galicia, S.L.", con la consiguiente cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil antedicho, al que se librará el oportuno mandamiento a tal efecto luego sea firme la presente resolución y que contendrá testimonio de la presente resolución con declaración de firmeza la misma. 3. Los deudores la sociedad de capital "Solclitec Galicia, S.L." quedan responsables del pago de sus créditos y los acreedores pueden iniciar ejecuciones singulares contra la misma. 4. Publíquese la declaración de concurso en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal (si éste estuviera en funcionamiento). A tal efecto colóquese el edicto informativo en el tablón de anuncios de este Juzgado y líbrese oficio al director del Boletín Oficial del Estado así como los despachos oportunos para el cumplimiento de lo dispuesto por esta resolución. Comuníquese la declaración del presente concurso a los Juzgados de Primera Instancia y sociales de esta ciudad, por medio de Decanato. Notifíquese esta resolución a la representación procesal de la sociedad instante del concurso y, en su caso, a los interesados que pudieran haberse personado. Si no fuera posible la publicidad y remisión de oficios vía telemática, informática y electrónica, entréguense a la representación procesal del solicitante del concurso los mandamientos y los oficios acordados, autorizándola a realizar cuantas gestiones sean necesarias para una pronta tramitación de los mismos, quien deberá remitirlos de inmediato a los medios de publicidad correspondientes. En caso de incumplimiento o demora le pararán los perjuicios que procedan, incluida la responsabilidad disciplinaria prevista la legislación orgánica y procesal. Notifíquese en legal forma la presente resolución haciéndose saber que no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iustrísima Audiencia Provincial de A Coruña, Sección Cuarta, en el plazo de veinte días hábiles, previa constitución del depósito que resulte legalmente exigible y previo pago de las tasas que en su caso resulten aplicables. El plazo para interponer el recurso de apelación contará, respecto de las partes que hubieran comparecido, desde la notificación de esta resolución, y, respecto de los demás legitimados, desde la publicación del extracto de la declaración y conclusión de concurso en el Boletín Oficial del Estado. Así lo acuerda, manda y firma Su Señoría Ilustrísima don Roberto Niño Estébanez, Magistrado-Juez titular del Juzgado de lo mercantil número dos de La Coruña Doy fe. A Coruña, 10 de junio de 2015.- La Secretaria judicial.

    BOE-B-2015-22035
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