TEXTILES MIRO GARCIA SL EN LIQUIDACION

Hoja A1118· NIF B03496809

LiquidadaAlicante
Domicile :
Forme juridique :
Sociedad Limitada (SL)

Informations juridiques

Informations juridiques de TEXTILES MIRO GARCIA SL EN LIQUIDACION

NIF
Hoja registral
IRUS1000135730143
Forme juridiqueSociedad Limitada (SL)
LocalitéAlcoy/Alcoi
StatutLiquidada

Activité

TEXTILES MIRO GARCIA SL EN LIQUIDACION est une Sociedad Limitada (SL) dont le siège social est à Alcoy/Alcoi (Alicante, Comunitat Valenciana). Le Registro Mercantil a publié 2 actes la concernant, répartis en 2 types d'actes distincts. Elle figure au registre comme « Liquidada ».

Dirigeants et représentants

Administrateurs

Anciens

Cartographie des dirigeants

Chargement…

Actos enregistrés

Ceses/DimisionesDisolución

Changements

  1. 24/01/2014Extinción
  2. 08/05/2013Cambio de denominación social

    TEXTILES MIRO GARCIA SLTEXTILES MIRO GARCIA SL EN LIQUIDACION

  3. 08/05/2013Disolución
  4. 27/07/2011Cambio de domicilio social

    C/ ISABEL LA CATOLICA, 4 (ALCOY)

Chronologie (BORME)

  1. 08/05/2013#2261266
    Ceses/DimisionesDisolución
    TEXTILES MIRO GARCIA SL EN LIQUIDACION. Ceses/Dimisiones. Adm. Solid.: MIRO GARCIA CARLOS;MIRO GARCIA FRANCISCO JAVIER. Situación concursal. Procedimiento concursal 648/2011. FIRME: No, Fecha de resolución 20/03/2013. Auto de apertura de la fase de l

Documents officiels

Documents officiels du Registro Mercantil que nous obtenons et vous livrons en PDF.

Nota informativa mercantil

État registral actuel : administradores et apoderados avec leur DNI, objet social, capital, domicile et dernier dépôt de comptes.

Public

Dépôt de comptes annuels

Image réelle du dépôt par exercice : bilan, compte de résultat et structure de l'actionnariat.

Public

Certification des statuts

Statuts en vigueur de la société, certifiés par le registrador.

Public

Certification des pouvoirs

Pouvoirs en vigueur d'un apoderado donné (en indiquant son NIF ou son nom).

Public

Certification d'existence et de cargos en vigueur

Certificat faisant foi de l'existence, de la validité et des cargos en vigueur.

Public

Certification des bénéficiaires effectifs

Bénéficiaires effectifs officiels de la société.

Nécessite un intérêt légitime (associé, administrateur ou entité assujettie)

Rapport sur la position de risque

Rapport de risque commercial de la société.

Public

Documents officiels du Registro Mercantil d'Espagne · livraison en PDF. Prix selon l'arancel, nous vous envoyons un devis après la demande.

Coordonnées

Sites webRéservé aux utilisateurs inscrits
TéléphoneRéservé aux utilisateurs inscrits
CourrielRéservé aux utilisateurs inscrits
Réseaux sociaux
Adresse complèteC/ ISABEL LA CATOLICA, 4, ALICANTE, ALCOY, Alcoy/Alcoi
Autres sites associésRéservé aux utilisateurs inscrits
Adresses publiéesRéservé aux utilisateurs inscrits
HorairesRéservé aux utilisateurs inscrits

Prospecter

Cette société ne déclare pas d'activité au registre. Les sociétés récemment créées dans la même province — Alicante — sont listées ensemble, avec leur adresse.

Justice · concursos

  1. Declaración de concurso21/01/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    Edicto. Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente: Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 000648/2011-K, sobre declaración de concurso de la mercantil Textiles Miro García, S.L., con C.I.F. número B03496809, se ha dictado Auto de fecha 12-12-13, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "1.- Acuerdo: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal. 5.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. Modo de Impugnación: no cabe recurso alguno." Y para que sirva de publicación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 12 de diciembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2014-1767
  2. Declaración de concurso20/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante

    Doña Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, Por el presente hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000648/2011 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Textiles Miro García, S.L., con CIF número B03496809, se ha dictado Auto de fecha 04-06-13, que contiene, entre otros, los siguientes pronunciamientos: "Procédase a la formación de la Sección Sexta, de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el art. 167 LC. Dentro de los diez días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la sección sexta, alegando por escrito cuanto considera relevante para calificación del concurso como culpable (art. 168 LC). Comuníquese a la Admón. Concursal la fecha de expiración del plazo de personación de interesados para, vencido el mismo, proceda a evacuar el informe prevenido en el art. 169 LC." Y para que sirva de publicación en el BOE, expido el presente. Alicante, 4 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2013-23753
  3. Declaración de concurso31/12/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante

    Edicto Dña. Pilar Solanot García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento Concurso Abreviado - 000648/2011 - K sobre declaración de concurso de la mercantil Textiles Miro García, S.L., con C.I.F. número B03496809, se ha presentado por la Administración Concursal el Informe preceptuado en el art. 74 L.C., y se ha dictado Providencia de fecha 1-12-11, que contiene, entre otros, los siguiente pronunciamiento: Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores, dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación que se realice a través de su representación procesal, a cuyo fin podrán obtener copia a su costa. Los demás interesados no personados podrán impugnar en el mismo plazo de diez días que se computará desde la publicación en el B.O.E, ello conforme al art. 96 L.C. que se sustanciará por los trámites del incidente concursal (art. 194 y sgs. L.C.) Y para que sirva de notificación en el B.O.E., expido el presente. Alicante, 1 de diciembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2011-42969
  4. Otro acto concursal22/10/2011
    ⚖️ ALICANTE

    Edicto Dña. Pilar Solanot García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado - 000648/2011 - D en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso Voluntario a Textiles Miro García, S.L., con C.I.F. numero B03496809, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: Se decreta la Intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en el plazo de Quince Días, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 23 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

    BOE-B-2011-33874
Voir le dossier complet