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Procédure collective

2009 MERCA-1000 SOCIEDAD LIMITADA

CIF B99238057Voir la fiche société

Publications
307/08/201224/07/2017
Procédure
3/2009 · 7/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso24/07/2017
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 3/2009Ordonnance 06/07/2017

    Edicto. Doña Elena Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, anuncia: Primero.- Que en el procedimiento concursal número 258/12-E, se ha dictado Auto de fecha 6 de julio de 2017, de conclusión del concurso de la mercantil, 2009 Merca 1000, S.L. con CIF B-99238057 y domicilio en la Calle Conde Aranda, 106 local de Zaragoza, no existiendo asimismo acciones viables de reintegración de la masa activa, ni de responsabilidad de terceros pendientes de ser ejercitadas. Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal así como el cese del Administrador concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado", en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios por liquidación e insuficiencia de masa activa. Dicha publicación es gratuita conforme a lo establecido en la disposición transitoria 2ª del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno. Zaragoza, 6 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Convenio de acreedores27/03/2014
    ⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 18/03/2014

    Edicto D.ª M.ª Jesús López Marín, Secretaria judicial del Juzgado de Lo Mercantil número 2 de Zaragoza, Anuncia: 1.- Que en el Sección y Convenio 0000258 /2012-E, en el que figura como concursado 2009 Merca 1000, con CIF B-99238057, se ha dictado el día 18 de marzo de 2014, sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por la representación procesal de la concursada, Sra. Rosario Viñuales Royo y aceptado en la Junta de acreedores, celebrada el día 24 de febrero 2014. 2.- El convenio está de manifiesto en la Oficina Judicial para quienes acrediten interés en su conocimiento. 3.- Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante este Juzgado y para la Ilma. Audiencia Provincial de Zaragoza, en el plazo de veinte días computándose desde la última fecha de publicación de este edicto, que ha de publicarse en el Registro Público Concursal, BOE y en el Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial. 4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Zaragoza, 18 de marzo de 2014.- La Secretaria judicial.

  3. Convenio de acreedores07/08/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaProc. 7/2012Ordonnance 23/07/2012

    Edicto Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.- Se ha declarado concurso que se sigue con el n.º 258/12-E, y NIG 50297 47 1 2012 0000466. 2.- Carácter del concurso: Voluntario y Abreviado. 3.- Fecha de declaración: 18/7/2012. 4.- Deudor en concurso: 2009 Merca-1000, S.L., con CIF B-99238057, y domicilio en calle Conde Aranda, número 106, local de Zaragoza. 5.- No se ha solicitado la liquidación ni se ha presentado propuesta anticipada de convenio. 7.- Administración concursal: Asunción Esteban Saiz, domicilio postal: C/ Emilia Pardo Bazán, n.º 6, 3.º B, CP 50018 de Zaragoza. Dirección electrónica: [email protected] 8.- Plazo de comunicación de créditos: 15 días, directamente a la administración concursal en la dirección postal o electrónica que figuran en el punto anterior. Zaragoza, 23 de julio de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.