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Procédure collective

TRAMAGRAF SA EN LIQUIDACION

CIF A78915758Voir la fiche société

Publications
206/06/201319/12/2019
Procédure
92/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal19/12/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 03 de MadridOrdonnance 16/12/2019

    EDICTO Don EMILIO JOSÉ ZORNOZA ARANA Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Madrid. En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de TRAMAGRAF, S.A., con CIF: A-78915758 y con domicilio calle Padilla nº 58, Bajo D, C.P. 28006 Madrid. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 16 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Emilio Jose Zornoza Arana.

  2. Apertura de liquidación06/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 92/2013Ordonnance 17/05/2013

    Edicto D. Mariano Rodríguez Trotonda Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 92/2013 se ha dictado auto por el Magistrado D. Jesús Alemany Eguidazu, de fecha 17 de mayo de 2013, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor TRAMAGRAF, S.A., con N.I.G: 28079100014582013, C.I.F.: A-78915758, procediéndose en el mismo auto a la apertura de la fase de liquidación. 2.º La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3.º Declarar disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por el administrador concursal D. Enriquel Villanueva de los Cobos, con domicilio en la avenida General Perón, n.º 17, 6.º B, Madrid, con correo [email protected] No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 5.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 6. º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 17 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.