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Procédure collective
88INNOVA24H SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B23641723Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 03/08/2015 → 22/12/2020
- Procédure
- 1170/2015
- Tribunal
- PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso22/12/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 1170/2015Juge : ANTONIO CARLOS MARTÍNEZ-UCEDA CALATRAVAOrdonnance 10/12/2020
-SE DECLARA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO. -SE APRUEBAN LAS CUENTAS POR SENTENCIA DICTADA EN INCIDENTE CONCURSAL 379/2020. -SE DECLARA EL CESE DE LAS LIMITACIONES DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN Y DISPOSCIÓN DEL DEUDOR. -SE ACUEDA LA EXTINCIÓN DE
- Conclusión del concurso18/12/2020⚖️ JAÉNProc. 1170/2015Ordonnance 10/12/2020
Edicto El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 1170/2015, por auto de fecha 10 de diciembre de 2020 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor 88INNOVA 24, S.L., con C.I.F. nº B23641723. 2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal por sentencia de fecha 5 de octubre de 2020 dictada en el incidente concursal nº 376/2020. 3º.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 4º.- Se acuerda la extinción de la sociedad 88INNOVA 24, S.L. Jaén, 10 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Martín Cano.
- Otro acto concursal15/09/2016⚖️ JAÉNProc. 1170/2015Ordonnance 01/09/2016
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, Anuncia 1.-Que en la sección quinta del procedimiento concursal voluntario ordinario número 1170/2015 referente al concursado 88 INNOVA 24, S.L. con CIF B23641723 se ha puesto de manifiesto en la secretaría de esta el día 1 de septiembre de 2016 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal. 2.-El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan, formular observaciones y modificaciones al mismo. Jaén, 1 de septiembre de 2016.- EL/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación21/04/2016⚖️ JAÉNProc. 1170/2015Ordonnance 05/04/2016
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, Anuncia Que en la sección quinta del procedimiento concursal voluntario ordinario n.º 1170/2015 referente al concursado 88INNOVA24, S.L., con CIFn.º B23641723, por Auto de fecha 5 de abril de 2016 se ha acordado lo siguiente: 1. Dejar sin efecto la fase de convenio y abrir la fase de liquidación, convirtiéndose en este sentido el contenido de la sección quinta, dejando consecuentemente sin efecto el señalamiento de la Junta de acreedores. 2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Declarar disuelta la sociedad concursada, cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. Jaén, 7 de abril de 2016.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal12/11/2015⚖️ JAÉNProc. 1170/2015Ordonnance 28/10/2015
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, Anuncia 1. Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 1170/2015 referente al deudor 88INNOVA24, S.L., con CIF n.º B 23641723, se ha presentado el informe provisional de la Administración Concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computados desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado, Boletín Oficial del Estado y Registro Publico Concursal, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil, para hacerlo deberán actuar representados por Procurador y asistidos de Letrado. Jaén, 28 de octubre de 2015.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal03/08/2015⚖️ JAÉNProc. 1170/2015Ordonnance 20/07/2015
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.-Que el procedimiento número 1170/2015, con NIG 2305042M20150001005, por auto de 06/07/2015 se ha declarado en concurso voluntario de carácter ordinario al deudor 88INNOVA 24, S.L., con C.I.F. nº B 23641723, con domicilio en Ctra Mancha Real-Cazorla, Km 0.200 de Mancha Real (Jaén), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la referida localidad. 2º.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art 85 de la L.C.. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la sociedad Loge Concursal S.L.P. Domicilio postal: C/ Cruz Roja, nº 2-5º Centro Derecha, 23007 Jaén. Dirección electrónica: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y Registro Publico Concursal. No obstante, dada la proximidad del mes de agosto y en la medida en que pueda llevar a equívoco, se considerará el mes de agosto como inhábil para la comunicación de créditos, interrumpiéndose durante dicho período el plazo de comunicación y reanudándose el día 1 de septiembre. 4º.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC.). 5º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Jaén, 20 de julio de 2015.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.