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Procédure collective

CURTIDOS CANMAR SL EN LIQUIDACION

CIF B03805801Voir la fiche société

Publications
215/10/201827/10/2025
Procédure
551/2018
Tribunal
MERCANTIL DE ALICANTE Nº 001 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso27/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE ALICANTE Nº 001Proc. 551/2018Juge : LEANDRO BLANCO GARCIA-LOMASOrdonnance 20/10/2025

    Auto de conclusión de concurso

  2. Apertura de liquidación15/10/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteOrdonnance 01/10/2018

    Doña Pilar Solanot García, Letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 1 de octubre de 2018 dictado en el procedimiento con número de autos 551/18 y NIG 03014-66-1-2018-0001166 se ha declarado en concurso a los deudores: a) Curtidos Canmar, S.L., con CIF B-03.805.801, con domicilio en el Polígono Industrial El Pastoret, calle Galicia, n.º 27, piso A, CP 03640, de Monóvar (Alicante). b) Comercuer, S.L., con CIF B-53.068.458, con domicilio en el Polígono Industrial El Pastoret, calle Galicia, n.º 27, piso A, CP 03640, de Monóvar (Alicante). Segundo.- Que se ha ordenado la suspensión de las facultades de administración y disposición de las concursadas que son asumidas por la administración concursal. Tercero.- Que se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenando la disolución de las citadas sociedades y el cese de los administradores de éstas. Cuarto.- Que ha sido nombrado administrador concursal la entidad mercantil, artículo 27 Ley Concursal, con CIF -B- 90038522 y domicilio en la calle Carlos Cañal, n.º 7, Sevilla, 41001, que actúa a través de su Administrador Solidario el economista don Jorge Narciso Cobo García, con DNI n.º 27.301.813-P, con domicilio postal en la calle Carlos Cañal, n.º 7, de Sevilla, 41001, y dirección de correo electrónico: [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Quinto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 10 de octubre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.