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Procédure collective

A&J NAVARRO TRANS SL

CIF B45393824Voir la fiche société

Publications
330/10/201523/09/2025
Procédure
202/2015
Tribunal
MERCANTIL DE TOLEDO Nº 001 · Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso23/09/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE TOLEDO Nº 001Proc. 202/2015Juge : ANA MARIA MARTIN-NIETO MARTINOrdonnance 08/09/2025

    Auto conclusion persona jurídica

  2. Otro acto concursal28/11/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 202/2015Juge : ANA-MARIA MARTIN-NIETO MARTINOrdonnance 23/11/2024

    ESCRITO RENDICION DE CUENTASY LIQUIDACION

  3. Declaración de concurso30/10/2015
    ⚖️ TOLEDOProc. 202/2015Ordonnance 16/07/2015

    Don Alfonso José Moreno Moreno, Secretario del Juzgado de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber: 1.º Que en el procedimiento concursal seguido en este órgano judicial con el n.º 202/2015 NIG n.º 45168 41 1 2015 0023168, se ha dictado en fecha 16 de julio de 2015 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor A&J NAVARRO TRANS, S.L., con CIF n.º B45393824, cuyo domicilio social lo tiene en calle Topacio, número 27, de Yeles, Toledo. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición. Se ha designado, como Administración Concursal a don Marcos Álvarez García, que ha aceptado el cargo el día 17 de julio del 2015, domicilio postal en avenida de la Legua, 5, Oficina 11, 45004 - Toledo, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes al día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las comunicaciones de crédito dirigidas al Juzgado no serán válidas. Toledo, 17 de julio de 2015.- El Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.