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Procédure collective
A PLUS SYSTEME AUTOMATION IBERICA SL
CIF B63465470Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 20/11/2012 → 20/11/2012
- Procédure
- 639/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso20/11/2012⚖️ BARCELONAProc. 639/2012Ordonnance 29/10/2012
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.-Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 639/2012-RC. Tipo de concurso.- Concurso voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- A Plus Systeme Automotion Ibérica, S.L.U., CIF B-63.465.470, con domicilio en Barcelona, c/ Mejía Lequerica, 22-24, bajos. Fecha del auto de declaración y liquidación.- 26/10/12. Administradores concursales.- Miquel Torres Blázquez, con domicilio en Barcelona, Avda. Diagonal, 435, principal 2.ª y teléfono n.º 93 362 31 28 y en calidad de abogado y dirección electrónica: [email protected]. Facultades del concursado.- Suspendidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declara en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el de identidad del acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección o una dirección electrónica para que la convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o al a dirección indicados. Barcelona, 29 de octubre de 2012.- La Secretaria judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.