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Procédure collective
ACCESORIOS INTELIGENTES DIGITAL SA
CIF A83485102Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 13/11/2013 → 23/03/2022
- Procédure
- 408/2013
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal23/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 408/2013Juge : Eduardo Enrech LarreaOrdonnance 03/03/2022
AUTO DECLARACIÓN CONCURSO
- Conclusión del concurso23/03/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 408/2013Juge : XXX XXXOrdonnance 03/03/2022
Por presentado informe de la administración concursal y por solicitada la conclusión por insuficiencia de masa activa
- Otro acto concursal13/11/2013⚖️ MADRIDProc. 408/2013Ordonnance 23/10/2013
El Juzgado de la Mercantil número 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º- Que en el procedimiento número 408/2013, por auto de 29/07/2013 se ha declarado en concurso al deudor Accesorios Inteligentes Digital, S.A., CIF A-83485102, con domicilio en calle Carpinteros 6, Polígono de Pinares Llanos de Villaviciosa de Odón, local número 24 de Madrid. 2.º- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º- Que se ha nombrado administrador concursal a la entidad Musolaudit, S.L.P., que reúne los requisitos del art. 27.1. LC, la cual ha designado como persona física para el ejercicio de la administración concursal a don Fernando Musoles Martínez-Curt. Su despacho profesional está situado en la calle Capitán Haya, 49, 11.º D, 28020 Madrid, correo electrónico [email protected], y teléfono 963.513.755. 4.º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos. 5.º- Que los acreedores es interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de octubre de 2013.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.