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Procédure collective
ACEITUNAS FRANHER, S.L. EN LIQUIDACION
CIF B01367887Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 12/04/2016 → 12/04/2016
- Procédure
- 72/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal12/04/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-GasteizProc. 72/2016Ordonnance 16/03/2016
Edicto. El Upad Mercantil-Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 72/2016, NIG 01.02.2.-16/002788, por auto de 16/3/2016 se ha declarado en concuso voluntario al deudor ACEITUNAS FRANHER, S.L.U., con CIF B 01367887, con domicilio en calle Becolarra, n.º 3, Vitoria-Gasteiz, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Vitoria-Gasteiz. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que la administración concusal está integrada por D.ª EMMA VIRGINIA RODRÍGUEZ PINO. Domicilio postal: Pedro Asua, 69, 01008 de Vitoria. Dirección electrónica: [email protected]. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicaciòn es el de Un Mes a contar desde el dia siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asisitidos de letrado (184.3 LC). 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Píblico Concursal: www.publicidadconcursal.es. Vitoria-Gasteiz, 16 de marzo de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.