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Procédure collective
ACEITUNAS TATIS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B23530496Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 10/01/2011 → 05/11/2011
- Procédure
- 05/2010 · 541/2010
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación05/11/2011⚖️ JAÉNProc. 05/2010Ordonnance 16/10/2011
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, Anuncia: Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 541.05/2010 referente al concursado ACEITUNAS TATIS, S.L., con CIF n.º B23530496, y domicilio en C/ Alemania, s/n, de La Carolina, por auto de fecha 29/09/11 ha acordado los siguiente: 1.- Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 27/05/11, por no estar presente el quórum necesario para la celebración de la Junta. 2.- Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 29/09/11, a las 10:00 horas. 3.- Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la LC. 4.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 5.- Declarar disuelta la sociedad ACEITUNAS TATIS, S.L., cesando en sus funciones los administradores que serán sustituidos por la Administración Concursal. Jaén, 16 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal10/01/2011⚖️ JAÉNProc. 541/2010Ordonnance 16/12/2010
El Juzgado de 1ª instancia nº 4 y de lo Mercantil de Jaén en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 541/2010, por auto de 16/12/10 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aceitunas Tatis, con NIF B-23530496, domicilio en calle Alemania, s/n, de La Carolina. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Jaén, 16 de diciembre de 2010.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.