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Procédure collective

A.C.P. CLIMATIZACION SA EN LIQUIDACION EN LIQUIDACION

CIF A07873037Voir la fiche société

Publications
230/10/201005/06/2025
Procédure
0388/2010 · 388/2010
Tribunal
Mercantil - 2 · Jdo de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal05/06/2025
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 0388/2010Juge : victor manuel casaleiro riosOrdonnance 14/03/2025

    rendicion de cuentas

  2. Declaración de concurso30/10/2010
    ⚖️ Jdo de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 388/2010Ordonnance 14/10/2010

    Edicto. Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretario Judicial del Jdo de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: 1º- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el numero sección I declaración de concurso 388/2010,se ha dictado a instancias de ACP Climatización, S. A., en fecha 14.10.2010 auto de declaración de concurso necesario de la entidad ACP Climatización, con CIF A07873037 cuyo centro de intereses principales lo tiene en Gran Via Asima n.º 1 Polígono Son Castello de Palma de Mallorca 2º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición de la entidad declarada en concurso que serán sustituidas por la Administración concursal. 3º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en el que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Palma de Mallorca, 14 de octubre de 2010.- El/la Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.