Accueil›Justice›ACTIVIDADES Y COMPONENTES ELECTRONICOS SA
Procédure collective
ACTIVIDADES Y COMPONENTES ELECTRONICOS SA
CIF A28622256Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 17/09/2020 → 05/03/2021
- Procédure
- 652/2016
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal05/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 652/2016Juge : EDUARDO ENRECH LARREAOrdonnance 18/02/2021
ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación
- Conclusión del concurso25/02/2021⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 652/2016Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 19/02/2021
1.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 652/2016 de la concursada ACTIVIDADES Y COMPONENTES ELECTRONICOS S.A., con CIF a28722256, por auto de fecha 18/02/2021 se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa
- Otro acto concursal24/02/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 652/2016Ordonnance 18/02/2021
Edicto. Don Emilio José Zornoza Arana, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 652/2016, de la concursada ACTIVIDADES Y COMPONENTES ELECTRÓNICOS, S.A., con CIF A28622256, por auto de fecha 18 de febrero de 2021, se ha acordado la conclusión y archivo del mismo por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 9 de febrero de 2021.- El Letrado de la Administración de justicia, Emilio j. Zornoza Arana.
- Conclusión del concurso17/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 652/2016Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 18/02/2021
DECLARACIÓN DEL CONCURSO VOLUNTARIO Y SIMULTANEA CONCLUSIÓN DEL MISMO
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.