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Procédure collective
PICADILLY INVESTMENTS SA
CIF A92490481Voir la fiche société →
- Publications
- 9 — 24/12/2020 → 15/11/2023
- Procédure
- 917/2020 · 91711/2020 · 334/2021 · 1/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA · Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal15/11/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 917/2020Juge : MARIA ISABEL FRADE HEVIAOrdonnance 03/11/2023
DECLARACION CONCURSO VOLUNTARIO
- Otro acto concursal15/11/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 917/2020Juge : MILAGROSA FERNANDEZ GALISTEOOrdonnance 03/11/2023
Se admite a trámite la impugnación efectuada por el acreedor TOYOTA KREDITBANK GMBH, sobre impugnación del inventario de bienes y derechos elaborado por el Administrador Concursal en relación a la calificación de la totalidad del crédito como ordinar
- Conclusión del concurso15/11/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 917/2020Juge : Pedro José Malagón RuizOrdonnance 03/11/2023
en el procedimiento concursal 59/2022 referente a GORKA ARAMBARRI , con DNI / NIF 44132893X ,se ha puesto de manifiesto en la oficina judicial el día 23/02/2022 la rendición de cuentas y el informe final
- Conclusión del concurso14/11/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 91711/2020Juge : MARÍA JOSÉ GALIANO NIEVESOrdonnance 03/11/2023
CONCLUSIÓN DE CONCURSO
- Otro acto concursal29/03/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 91711/2020Juge : ANA ISABEL DEL POZO AGUILAROrdonnance 28/03/2023
Dior pone de manifiesto escrito Rendición de Cuentas AC
- Otro acto concursal20/09/2021⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 334/2021Juge : ROCIO MARINA COLLOrdonnance 14/09/2021
Se ha presentado rendición de cuentas por la Administración Concursal, quedando la misma de manifiesto durante QUINCE DÍAS en esta oficina judicial
- Declaración de concurso26/03/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MálagaProc. 1/2020Ordonnance 22/03/2021
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 334/21, con NIG 2906742120210010477 por auto de 17/03/2021 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Activos Alborán 2000, SLP, con CIF A92490481, con domicilio en Avenida Sor Teresa Prat, 63, bloque 2, Escalera 2, 2-A 29004 Málaga, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º-Que en el mismo auto de declaración del concurso, se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso. 3.º-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal. 4.º-Que se ha declarado disuelta la concursada Activos Alborán 2000 SLP. cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 5.º-Que los acreedores del concursado disponen de un mes para comunicar sus créditos para ello deberán dirigirse directamente a la administración concursal en la forma y con los datos expresados en los artículos 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la entidad Landwell-Pricewaterhousecoopers Tax And Legal Services, S.L., con CIF B80909278, cambiada su denominación social por la de Pricewaterhousecoopers Tax & Legal, S.L., y en su representación Don Nicolás Molina García, con DNI 27.510.383-Z, Abogado, con domicilio postal: Calle Pirandello, nº 16 Ed. Teatinos Plaza, 5ª planta, 29010 Málaga, teléfono 952 345 400/ 902 021 111 y dirección electrónica: [email protected]. 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 512 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Málaga, 22 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Amelia Puertas Fariña.
- Otro acto concursal01/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MÁLAGA Proc. 917/2020Ordonnance 18/12/2020
Nombramiento de Administrador concursal
- Declaración de concurso24/12/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MálagaProc. 1/2020Ordonnance 18/12/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º-Que en el procedimiento número 917/2020, con NIG 2906742120200038981, por auto de 15/12/2020 se ha declarado en concurso voluntario ordinario al deudor Picadilly Investments, S.A.U., con CIF A92490481, con domicilio en Urb. Marina del Sol, n.º 188, Ctra. De Cádiz, Km.206, CP 29649 Mijas-Costa (Málaga) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2.º-Que en el mismo auto de declaración del concurso, y a petición del deudor, se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso. 3.º-Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituído por la administración concursal. 4.º-Que se ha declarado disuelta la concursada Picadilly Investments, S.A.U., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. 5.º-Que los acreedores del concursado disponen de un mes para comunicar sus créditos para ello deberán dirigirse directamente a la administración concursal en la forma y con los datos expresados en los artículos 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido la entidad Robles Díaz Asesores de Empresas, S.L.P., con CIF B92045053 y en su representación D. Juan Carlos Robles Díaz, Economista y Letrado, con domicilio postal: Plaza Uncibay, n.º 8, 2.º-8, CP 29008 Málaga, teléfono 952217346 y dirección electrónica: [email protected] 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 512 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Málaga, 18 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Admon.de Justicia, Ana Isabel del Pozo Aguilar.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.