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Procédure collective

ADARVE ART SL

CIF B62308028Voir la fiche société

Publications
121/11/201521/11/2015
Procédure
648/2015

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso21/11/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 648/2015Ordonnance 04/11/2015

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María José Hompanera González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dictó el presente edicto: Juzgado.- Mercantil n.º 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 11, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 648/2015-D. Tipo de concurso.- Concurso voluntario abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- Adarve Art, S.L., CIF B62308028. Fecha del auto de declaración.- 3/11/15. Administradores concursales.- Addvante Concursal, S.L.P., con CIF B65712697, y en calidad de sociedad profesional, que ha designado a la persona física para ejercer dicho cargo a don José Enrique Llapart Martín, con domicilio en Av. Diagonal, 482, 08006 Barcelona, y teléfono n.º 934158877 y dirección electrónica [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 4 de noviembre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.