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Procédure collective
ADDITIO GROUP SLP
CIF B65636599Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 26/02/2013 → 06/02/2014
- Procédure
- 1045/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso06/02/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma de MallorcaProc. 1045/2013Ordonnance 29/01/2014
D. José Luis Garrido de Frutos, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Palma de Mallorca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 1045/2013 y NIG n.º 07040 47 1 2013 0001576 se ha dictado en fecha 15/01/2014 auto de declaración de concurso voluntario ordinario del deudor Juan Bautista Rodríguez Ruiz, con DNI 43069885-Q, con domicilio en calle Pineda n.º 2, Local 6, Magaluf. 2.º Se ha acordado la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada. 3.º Se ha nombrado administrador de dicho concurso a la mercantil Additio Group, S.L.P., con CIF B-65636599, en cuyo nombre economista D. Jordi Savall López ha aceptado el cargo con fecha 29 de enero de 2014, quien ha sido designado para el ejercicio de las funciones propias del cargo de administrador concursal. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante la administración concursal a la dirección postal Carretera de Valldemossa N.º 13 Esc. 1.ª - 6.º B 07010 Palma de Mallorca o dirección de correo electrónico [email protected], en el plazo de 1 mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguno. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 3 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal26/02/2013⚖️ VALENCIAOrdonnance 08/02/2013
Doña Pilar Lluna Gasco, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de acreedores de KGB Discoteca Móvil, S.L., y Joaquín Iznardo Martínez, con el número de registro 001432/2012 en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 8-02-13 con el siguiente tenor literal: "Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del/los Administrador/es de la empresa concursada. Se declara la disolución de la mercantil concursada KGB Discoteca Móvil, S.L., y Joaquín Iznardo Martínez, lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, Additio Group con Nif número B-65636599, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de quince días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con el artículo 148.1 LC. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables". Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la ley cambiaria, se expide el presente. Valencia, 8 de febrero de 2013.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.