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Procédure collective

"Adoby Girona, S.L."

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225/06/201409/02/2017

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal09/02/2017
    ⚖️ GIRONAOrdonnance 26/01/2017

    Don José Antonio Marquínez Beitia, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: que en el concurso voluntario abreviado n.º 325/14, se ha acordado mediante auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil "Adoby Girona, S.L.", con CIF B-17736364, con domicilio en c/ Joan Torró i Cabratosa, n.º 18, 1.º, 1.ª, departamento B, poligono industrial de Mas Xirgu de Girona. Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la L.C. en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la ley concursal, expido el presente en Girona, 26 de enero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso25/06/2014
    ⚖️ GIRONAOrdonnance 09/06/2014

    Don José Antonio Marquinez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 325/14. Fecha del auto de declaración: 15/05/14. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Persona fisica concursada: ADOBY GIRONA, S.L. CIF de la concursada: B-17736364. Domicilio de la concursada: C/ Joan Torró i Cabratosa, 18, polígono industrial Mas Xirgu de Girona. Administrador concursal: BIARGE, GARCÍA I BRU DE SALA, S.L.U. -Dirección postal: C/ Bonastruch de Porta, n.º 31, 1.º de Girona. -Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: El concursado conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejeccicio de éstas a la intervención de la Administración concursal. Mediante su autorización o conformidad. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la Administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil núm. 1 de Girona (Avda. Ramon Folch, núm. 4-6, de 17001-Girona). Girona, 9 de junio de 2014.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.