AccueilJusticeADVIRA BEYOND RESEARCH SL

Procédure collective

ADVIRA BEYOND RESEARCH SL

CIF B84695469Voir la fiche société

Publications
307/05/201314/09/2013
Procédure
176/2013
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación14/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 176/2013Ordonnance 02/09/2013

    Edicto Doña Esther Sáez-Benito Jiménez, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, Anuncia: Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado número 176/2013 referente al deudor ADVIRA BEYOND RESEARCH, S.L., con CIF: B-84695469, se ha dictado auto de fecha 02/09/2013, cuya parte dispositiva es como sigue: Acuerdo: 1.º Continuar con la tramitación de la fase común del procedimiento. 2.º Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.º Que queden, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 4.º Declarar la disolución de ADVIRA BEYOND RESEARCH, S.L. y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.º Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal. 6.º Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos. 7.º Requerir a la administración concursal para que en el plazo de quince días, computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC, o bien, que presente dicho plan junto al Informe de la Administración concursal previsto en el artículo 74 de la LC. 8.º El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previa constitución del depósito correspondiente y, en su caso, de la liquidación de la tasa judicial. Madrid, 2 de septiembre de 2013.- El/la Secretario/a Judicial.

  2. Otro acto concursal29/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 176/2013Ordonnance 18/06/2013

    Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretaria Judicial en sustitución del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 176/2013 referente al deudor Advira Beyond Research, S.L., con CIF B-84695469, con domicilio social en calle Villanueva, n.º 13, (Madrid), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para los acreedores personados, el plazo computará desde la notificación a que se refiere el artículo 96.2 de la LC. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Madrid, 18 de junio de 2013.- El/La Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal07/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 176/2013Ordonnance 12/04/2013

    Edicto Don Pedro Juan Enseñat García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 176/2013 por auto de fecha 12 de abril de 2013, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Advira Beyond Research, S.L., con CIF B-84695469, con domicilio social en calle Villanueva, n. º 13, 28001 Madrid, y cuyo centro de intereses principales lo tiene en dicho domicilio. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Lugar para tal comunicación: 1. Por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de Advira Beyond Research, S.L., calle José Abascal, 52, 6.º drcha, 28003 Madrid". Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.