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Procédure collective

AERREGE INTERIORS SOCIETAT LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B43560093Voir la fiche société

Publications
321/01/200912/02/2026
Procédure
542/2008
Tribunal
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TARRAGONA N.º 1 · MERCANTIL DE TARRAGONA Nº 001

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/02/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE TARRAGONA N.º 1Proc. 542/2008Juge : SANTIAGO ARAGONES SEIJOOrdonnance 12/02/2026

    Declaro concluso el procedimiento concursal y el archivo de las actuaciones de AERREGE INTERIORS S.L. Acuerdo la extinción de la parte concursada y la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda.

  2. Otro acto concursal12/11/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE TARRAGONA Nº 001Proc. 542/2008Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 07/11/2025

    puesta manifiesto rendicion de cuentas

  3. Declaración de concurso21/01/2009
    ⚖️ TARRAGONA.Proc. 542/2008Ordonnance 08/01/2009

    Edicto. Don Joan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 542/2008 se ha dictado, en fecha 8 de enero de 2009, auto de declaración de concurso necesario de la mercantil "Aerrege Interiors, Sociedad Limitada", con CIF número B-43.560.093, con domicilio en la calle Fusters, número 26 , del polígono industrial de la ciudad de Valls (Tarragona), y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concusado e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado" y en el diario "El Mundo Cataluña", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como lo relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 9 de enero de 2009.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.