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Procédure collective

AFIMER OBRA PUBLICA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B43572031Voir la fiche société

Publications
208/11/201028/04/2011
Procédure
398/2010

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso28/04/2011
    ⚖️ TARRAGONAProc. 398/2010Ordonnance 23/03/2011

    Edicto Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, El Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Tarragona, por el presente Hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la Mercantil Afimer Obra Pública, S.L. con CIF nº B43572031 y domicilio social en Polígono Industrial Riu Clar, calle L' Or, nº 7, nave 5, de Tarragona, seguidos en este Juzgado con el nº 398/2010, se ha dictado en fecha 23-3-11 Auto de Conclusión del Concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de "Afimer Obra Pública, S.L.", seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el nº. 398/2010 a instancias de Afimer Obra Pública, S.L. y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los Acreedores. Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. No existe pronunciamiento sobre la rendición de cuentas, a la vista de las manifestaciones de la Administración concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado a cuyo fin se entregará al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento y se fijará en el tablón de anuncios de este Juzgado, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase mandamiento al Registro Mercantil de Tarragona para la cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de los administradores concursales, librándose para ello el correspondiente oficio y mandamiento que serán entregados al procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona. Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma Doña María Aránzazu Ortiz González, Magistrado-Juez del Juzgado Mercantil número 1 Tarragona. Do fe." Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 23 de marzo de 2011.- El Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso08/11/2010
    ⚖️ TARRAGONAProc. 398/2010Ordonnance 25/10/2010

    El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil ) de Tarragona, Por el presente, hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 398/2010 se ha dictado en fecha 25 de octubre de 2010 auto de declaración de concurso voluntario de "Afirmer Obra Pública, S.L.", con CIF n.º B-43572031 y domicilio social en polígono industrial "Riu Clar", calle L'Or, n.º 7, nave 5, Tarragona, representada por la Procuradora doña Maria Josepa Martínez Bastida y defendida por el Letrado don Jose Maria Domingo Nadal, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador concursal don David Grasa Graell la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 27 de octubre de 2010.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.