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Procédure collective

AGECO CONSTRUCCIONES Y REFORMAS SL EN LIQUIDACION

CIF B15752132Voir la fiche société

Publications
228/10/200922/09/2021
Procédure
1797/2009 · 10/2009
Tribunal
MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso22/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1797/2009Juge : FERNANDO SANTISO VAZQUEZOrdonnance 01/02/2021

    O F I C I O Adjunto remito Edicto de conclusión de concurso para su publicación en ese medio bajo su dirección, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 554 del TRLC.

  2. Otro acto concursal28/10/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A CoruñaProc. 10/2009Ordonnance 13/10/2009

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º- Que en el procedimiento n.º 0001797/2009, por auto de 9/10/2009 se ha declarado en Concurso voluntario al deudor Ageco Construcciones y Reformas, S.L CIF/DNI n.º B-15752132, con domicilio en Travesía de la Gaiteira, n.º 9 bajo, A Coruña, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en A Coruña. 2º- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervnción de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el Art. 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletón Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asisitidos de Letrado /artículo 184.3 LC) 5º- Que la administración concursal está integrada por: D. Rafael María Gaisse Fariña. A Coruña, 13 de octubre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.