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Procédure collective
AGFRI SOPOR SL
CIF B53602215Voir la fiche société →
- Publications
- 9 — 17/04/2019 → 25/09/2023
- Procédure
- 155/2019 · 04/2019
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · Mercantil - 3
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal25/09/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 155/2019Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORROOrdonnance 05/09/2023
art. 297 L.C. las partes personadas pueden impugnar el inventario y la lista de acreedores en el plazo de DIEZ días
- Otro acto concursal25/09/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 155/2019Juge : ALEJANDRA IGLESIAS CEREIJOOrdonnance 05/09/2023
APRUEBA PLAN DE LIQUIDACION DE LA ADMINISTRADORA CONCURSAL CON MODIFICACIONES Y ACUERDA APERTURA DE SECCION SEXTA.
- Conclusión del concurso25/09/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 155/2019Ordonnance 05/09/2023
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso10/09/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 155/2019Juge : FRANCISCO CABRERA TOMASOrdonnance 05/09/2023
Se DECLARA CONCLUIDO el CONCURSO DE ACREEDORES de la mercantil AGFRI SOPOR, SL el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares.
- Otro acto concursal28/04/2023⚖️ Mercantil - 3Proc. 155/2019Juge : FRANCISCO CABRERA TOMASOrdonnance 26/04/2023
Se ha presentado por la Administración Concursal escrito de rendición de cuentas
- Otro acto concursal14/07/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 155/2019Juge : JOSE LUIS FORTEA GORBEOrdonnance 12/02/2020
Que debo aprobar y apruebo el plan de liquidación presentado por la Administración Concursal de AGFRI SOPOR S.L.
- Otro acto concursal18/02/2020⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 155/2019Juge : JOSE LUIS FORTEA GORBEOrdonnance 17/02/2020
Edcito aprobando el plan de liquidación y decretando la apertura de la Sección Sexta de calificación del Concurso
- Otro acto concursal08/07/2019⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 155/2019Juge : JOSE LUIS FORTEA GORBEOrdonnance 05/07/2019
Providencia dando cuenta presentación informe administración concursal adjuntando inventario y lista acreedores.
- Declaración de concurso17/04/2019⚖️ ALICANTEProc. 04/2019Ordonnance 11/04/2019
Edicto Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que por auto de fecha 03/04/2019 en el procedimiento con número de autos 000155/2019 y NIG 03065-66-1-2019-0000118, se ha declarado en Concurso Abreviado [CNA] Voluntario al concursado AGFRI SOPOR, SOCIEDAD LIMITADA, con domicilio en Orihuela, Raiguero de Levante, camino del Riacho s/n y CIF B53602215, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2473, Folio 131, Hoja A-66661, representada por el Procurador Roberto Hernández Guillén. Facultades del concursado: Intervenido. Administrador Concursal: Que ha sido nombrado Javier Pomares Fabra, colegiado del Ilustre Colegio de Elche, con domicilio postal para notificaciones y para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal en calle Ángel número 23, 4.º (03203 Elche). Dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected] Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del Administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 11 de abril de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Jorge Cuéllar Otón.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.