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Procédure collective
AGUIAR MIRANDA CONSTRUCCIONES, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B76077072Voir la fiche société →
- Publications
- 10 — 27/11/2019 → 13/11/2020
- Procédure
- 581/2019
- Tribunal
- MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal13/11/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 581/2019Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 27/10/2020
VER EDICTO ADJUNTO
- Declaración de concurso02/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Ordonnance 08/11/2019
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal14/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Juge : MARTA ARAGON ARRIOLAOrdonnance 29/06/2020
CONVOCATORIA JUNTA ACREEDORES 5 DE OCTUBRE DE 2020 A LAS 10 HORAS 40 DIAS ANTES DE LA CELEBRACION LOS CREDITOS QUE SUPEREN LA QUINTA PARTE PUEDEN PRESENTAR PROPUESTA DE CONVENIO
- Otro acto concursal14/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Juge : marta Aragon arriolaOrdonnance 29/06/2020
Edicto para el Registro Publico concursal que anuncia la presentación de informe de la administración concursal , el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
- Otro acto concursal14/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Juge : MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCAOrdonnance 08/11/2019
DECLARACIÓN DE CONCURSO Y CONCLUSIÓN POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA
- Apertura de liquidación14/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Juge : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAOrdonnance 08/11/2019
AUTO APRUEBA PLAN DE LIQUIDACION CON OBSERVACIONES
- Otro acto concursal30/06/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 581/2019Juge : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAOrdonnance 29/06/2020
VER DOCUMENTO ADJUNTO
- Otro acto concursal04/05/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Juge : CONSTANZA CLARA LANDINEZ BARRANCOOrdonnance 08/11/2019
APERTURA FASE LIQUIDACION
- Otro acto concursal04/05/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 581/2019Juge : JORGE MONTULL URQUIJOOrdonnance 08/11/2019
AUTO DECLARACION CONCURSO , PARA QUE SE PERSONEN ACREEDORES, INTERVENCION DE ADMISITRADOR CONCURSAL Y SU IDENTIDAD.
- Otro acto concursal27/11/2019⚖️ LAS PALMAS DE GRAN CANARIAProc. 581/2019Ordonnance 08/11/2019
Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil N.º 1 de Las Palmas, por el presente Hace Saber: 1.- Que en el procedimiento concursal número 581/2019, se ha dictado en fecha 8 de noviembre de 2019 Auto declarando el concurso de la Mercantil AGUIAR MIRANDA CONSTRUCCIONES, S.L., con CIF número B-76077072, que se tramitará por las normas del procedimiento Abreviado, y en el que se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio. 2.- Que se ha designado como Administrador concursal a don José Manuel Gozalbes Llorca, con DNI número 20.423.310-T, quien ha señalado como domicilio postal el sito en calle Mayor de Triana n.º 44, 2.ª planta. CP. 35.002 de Las Palmas y como dirección electrónica [email protected] para que los Acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el art. 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado. 3.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es Las Palmas de Gran Canaria, 22 de noviembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.