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Procédure collective

AIERTANDER SOCIEDAD LIMITADA

CIF B95604393Voir la fiche société

Publications
507/11/201530/09/2021
Procédure
647/2015
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO · MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal30/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 647/2015Juge : MARCOS BERMUDEZ AVILAOrdonnance 03/06/2021

    Auto de declaración de concurso

  2. Otro acto concursal30/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 647/2015Juge : María Esther García de HoyosOrdonnance 03/06/2021

    CONCLUSION y CONCESION BEPI

  3. Conclusión del concurso02/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 647/2015Juge : JAIME MOURENZA ARRIOLAOrdonnance 03/06/2021

    En el procedimiento concursal nº 647/2015 se ha dictado auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo por insuficiencia de la masa activa. Se decreta el cese de limitaciones de administración y disposición del deudor y el cese de la AC.

  4. Conclusión del concurso29/01/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BILBAO Proc. 647/2015Juge : MORERA RANSANZ MONTSERRATOrdonnance 03/06/2021

    Acuerdo DECLARAR en situación de CONCURSO VOLUNTARIO a la mercantil Oahu Dream Beach, S.L. y la CONCLUSIÓN del concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los posibles gastos del procedimiento.

  5. Apertura de liquidación07/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de BilbaoProc. 647/2015Ordonnance 09/10/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 647/2015, NIG n.º 48.04.2-15/024146 de 9 de octubre de 2015 se ha declarado en Concurso Voluntario el deudor "AIERTANDER, S.L.", con CIF B95604393, con domicilio en Barrio Enartze, s/n, 48340 Amorebieta (Bizkaia), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la misma localidad. La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 de la Ley Concursal y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la Administración Concursal. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de Administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal. 3.º Que la Administración Concursal está integrada por don Joseba Imanol Díaz Elustondo Domicilio postal: Calle La Cruz, 8, 3.º A, 48005 Bilbao. Dirección electrónica: [email protected] 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicacón es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC). 6.º Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao (Bizkaia), 14 de octubre de 2015.- El letrado/a de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.