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Procédure collective

AIMETRA SL

CIF B31230865Voir la fiche société →

Publications
6 — 17/12/2016 → 12/03/2024
Procédure
738/2016 · 738/2016-B
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal12/03/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BARCELONAProc. 738/2016Juge : YOLANDA RIOS LOPEZOrdonnance 09/06/2023

    Nombramiento de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso10/01/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 738/2016-BJuge : YOLANDA RÍOS LÓPEZOrdonnance 21/12/2023

    Concluir el concurso de la entidad mercantil AIMETRA, S.L. con CIF B31230865 por finalización de las operaciones de liquidación de la masa activa existente de dicha concursada

  3. Otro acto concursal26/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 738/2016-BJuge : YOLANDA RÍOS LÓPEZOrdonnance 09/06/2023

    Acuerdo la reapertura del concurso de acreedores de AIMETRA, S.L. así como la reapertura de su hoja registral en la forma prevista en el Reglamento del Registro mercantil.

  4. Otro acto concursal14/06/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 738/2016-BJuge : YOLANDA RÍOS LÓPEZOrdonnance 13/06/2023

    Acuerdo la reapertura del concurso de acreedores de AIMETRA, S.L. así como la reapertura de su hoja registral en la forma prevista en el Reglamento del Registro mercantil.

  5. Otro acto concursal15/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de BarcelonaProc. 738/2016Ordonnance 19/06/2019

    Luis Miguel Gonzalo Capellín, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona, Hhago saber que: En el Concurso abreviado 738/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de AIMETRA, S.L., con NIF B31230865, con domicilio en Paseo de Gracia 54, 8, 08007 – Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 19 de junio de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellín.

  6. Otro acto concursal17/12/2016
    ⚖️ BARCELONAProc. 738/2016Ordonnance 17/11/2016

    Don/Doña Luis Miguel Gonzalo Capellín, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con N.l.G.08019 - 47 - 1 - 2016 - 8003650 y n.º 738/2016B se ha declarado el concurso voluntario principal de fecha 17 de noviembre de 2016 de AIMETRA, S.L. con C.I.F. n.º B31230865 y domicilio en Pg. de Gracia, 54 8 08007 Barcelona (Barcelona), en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. El administrador concursal es D./Da. BELÉN CAÑELLAS GARCÍA, con domicilio en c/ Pi i Margall, 22-26 entl. 4a 08025 Barcelona (Barcelona) y correo electrónico [email protected]. Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Pi i Margall, 22-26 entl. 4a 08025 Barcelona (Barcelona), o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación deberá efectuarse en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas. Barcelona, 25 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.