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Procédure collective

AIR CATER SA

CIF A28826923Voir la fiche société

Publications
217/11/201013/02/2018
Procédure
563/2010
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal13/02/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridProc. 563/2010Ordonnance 23/01/2018

    Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 563/2010 del concursado AIR CATER, S.A., CIF A28826923 por auto de fecha 23/01/2018 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia fírme de calificación en su caso. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3. declarar su extinción. Madrid, 23 de enero de 2018.- El/La Letrado de la Admón de Justicia.

  2. Otro acto concursal17/11/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 4 de MadridOrdonnance 26/10/2010

    El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 563/10, por auto de fecha 26 de octubre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario abreviado a Air Cater, S.A., con CIF nº A28826923, con domicilio en Av. de Logroño, nº 305, de Madrid y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidos éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. La comunicación de los créditos deberá efectuarse por medio de escrito presentado ante el Registro General de escritos civiles sito en la calle Capitán Haya, 66 de Madrid y dirigido al Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, siendo necesario presentar escrito original junto con dos copias del mismo. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 26 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.