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Procédure collective

ALBA TECHNOLOGY SERVICIOS GENERALES SL

CIF B62386420Voir la fiche société

Publications
225/04/201506/03/2019
Procédure
656/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal06/03/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 656/2014Ordonnance 27/02/2019

    Edicto. D. Juan Luis Ramos Mendoza, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: Que en el procedimiento concursal voluntario número 656/2014, referente al concursado Alba Technology Servicios Generales, S.L., CIF B62386420, se ha dictado auto de 27-2-2019, en el que se ha acordado lo siguiente: La conclusión y archivo del concurso de Alba Technology Servicios Generales, S.L., cesando a todos los efectos de la declaración del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa 176 bis 2 y 3. Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 178.3, declarar su extinción. El cese en su cargo de Administrador concursal Lener Administraciones Concursales, S.L., aprobándose las cuentas formuladas. Madrid, 27 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

  2. Otro acto concursal25/04/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de MadridProc. 656/2014Ordonnance 14/04/2015

    Edicto. Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. 7 de Madrid, en cumplimiento de los dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que ha sido registrado como CNA 656/2014 el procedimiento con el número de identificación general (NIG): 2807900220140147776, procedimiento concursal referido a la mercantil Alba Technology Servicios Generales, S.L. C.I.F. B62386420 declarada en concurso voluntario por Auto de 18.06.2014 dictado en el procedimiento 228/2014, y con domicilio social en calle Virgilio, 25, Edificio Ayesa, Bajo C, 28223 Pozuelo de Alarcón (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente: Lener Administraciones Concursales, S.L., con domicilio en P.º de la Castellana, 23, 1.º, 28046, Madrid. Teléfono: 91 391 20 66 Fax: 91 310 22 22. E-mail: [email protected] 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 14 de abril de 2015.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.