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Procédure collective
ALDALONDO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B97664783Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 16/02/2010 → 01/08/2013
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal01/08/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaOrdonnance 27/06/2013
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, Por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario -000672/2007 voluntario, de la deudora concursada" Aladalondo, S.L.U.", con CIF B-97664783, con domicilio en Polígono industrial F, parcela A (centro empresarial Avanza), Xativa (Valencia), en cuyo seno se ha dictado Auto de fecha veintisiete de junio de dos mil trece por el limo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concursó por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 27 de junio de 2013.- El Secretario judicial.
- Apertura de liquidación16/02/2010⚖️ VALENCIAOrdonnance 26/01/2010
Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Proc.Concursal Ordinario - 000672/2007 voluntario, de la deudora Concursada Aldalondo, S.L.U., con CIF B-97664783,, con domicilio en Polígono industrial F, parcela A (Centro empresarial Avanza), Xativa (Valencia), Polígono industrial F, parcela A (Centro empresarial Avanza), Xativa (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintiséis de enero de dos mil diez por el limo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la transformación de la apertura de la fase de convenio en fase de liquidación respecto de la mercantil precitada en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los Administradores o Liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al art. 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el B.O.E. para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6a de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 26 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.