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Procédure collective
ALLSPA EXPERIENCE SL
CIF B54425269Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 12/12/2017 → 28/10/2019
- Procédure
- 789/2017
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal28/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 789/2017Ordonnance 21/06/2019
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso28/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ALICANTE Proc. 789/2017Juge : LEANDRO BLANCO GARCIA LOMASOrdonnance 21/06/2019
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso15/10/2019⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 789/2017Juge : CRISTINA CIFO GONZALEZOrdonnance 21/06/2019
1- Se declara concluso el concurso de acreedores seguido contra la mercantil ALLSPA EXPERIENCE S.L. 2- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración del deudor ALLSPA EXPERIENCE SL que vinieron en su dia acordadas a salvo las que..
- Apertura de liquidación12/12/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteProc. 789/2017Ordonnance 29/11/2017
Doña Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 29 de noviembre de 2017 dictado en el procedimiento con número de autos 789/2017 y NIG 03014-66-1-2017-0001653 se ha declarado en concurso al deudor Allspa Experience, S.L., con CIF B-54425269 y con domicilio social en la Carretera de las Marinas, Kilómetro 2, Urbanización "El Retiro III" CHG-Center, de Denia (Alicante). Segundo.- Que el deudor Allspa Experience, S.L. tiene suspendidas sus facultades de administración y disposición, que son asumidas por la Administración Concursal. Tercero.- Que se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación de la mercantil Allspa Experience, S.L., ordenando la disolución de la sociedad y el cese de los administradores de la concursada. Cuarto.- Que ha sido nombrado administrador concursal don JOSÉ JUAN ONCINA PÉREZ con DNI n.º 33.487.942-B, con domicilio postal en la calle Alona, n.º 25, entresuelo, Alicante y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Quinto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 5 de diciembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.