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Procédure collective
ALMINAR DE VILLAS SL
CIF B81924284Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 07/08/2012 → 06/04/2021
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso06/04/2021⚖️ MADRIDOrdonnance 18/03/2021
Edicto. Doña María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia: 1.- En el procedimiento concurso abreviado n.º 291/12, se ha dictado Auto de fecha 18 de marzo de 2021, por el que se ha declarado concluso el concurso de Alminar de Villas, S.L., con CIF: B-81924284, aprobando la rendición final de cuentas, ordenando librar los mandamientos al Registro Mercantil indicando la conclusión del concurso y el cierre de las hojas de inscripción correspondientes. 2.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica de Alminar de Villas, S.L., con CIF: B-81924284, disponiendo la cancelación de las inscripciones de dicha persona jurídica y la expedición del testimonio de ésta resolución y su remisión al Registro Mercantil a los efectos procedentes. 3.- La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 30 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.
- Otro acto concursal15/11/2012⚖️ MADRIDOrdonnance 30/10/2012
Edicto. Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 291/12 referente al concursado "Alminar de Villas, S.L.", con CIF: B-81924284, y domiciliado en la calle Almagro, 13, 1.º, derecha, de Madrid, por auto de fecha 30 de octubre de 2012 se ha acordado lo siguiente: - Se aprueba el plan de liquidación realizado por el Administrador concursal único don Vicente Puchol Aliaga en los términos en que ha sido presentado. Ábrase la Sección Sexta de Calificación encabezada por testimonio del presente auto. Anunciar por edictos la formación de la sección sexta, que se publicarán en el BOE y se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado. Hágase constar en el edicto que dentro de los diez días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Inscríbase, asimismo, en el Registro Mercantil la aprobación del plan de liquidación y la formación de la sección sexta de calificación, librándose los oportunos mandamientos que se entregarán al procurador de la concursada para su diligenciado. Madrid, 29 de octubre de 2012.- Secretario judicial.
- Otro acto concursal11/10/2012⚖️ MADRIDOrdonnance 27/09/2012
Edicto. Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca Secretario del juzgado de lo mercantil número 11, de Madrid Anuncia: 1.-Que en el procedimiento concursal número 291/12 referente al deudor Alminar de Villas, S.L., con CIF: B-81924284, y domiciliado en la calle Almagro, 13, 1.º, derecha, de Madrid, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (L.C.), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el Tablón de Anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.-Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. madrid, 27 de septiembre de 2012.- Secretario judicial.
- Declaración de concurso07/08/2012⚖️ MADRIDOrdonnance 25/07/2012
Edicto Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal. Anuncia 1.-Que en el concurso número de autos 291/12, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0004694 /2012, por auto de 25 de julio de 2012, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a "Alminar de Villas, S.L.", con CIF: B-81924284, y domiciliado en la calle Almagro, 13, 1.º, derecha, de Madrid. Asimismo se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y se ha declarado disuelta la mercantil "Alminar de Villas, S.L.", con CIF: B-81924284, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la Administración concursal. 2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso. 3.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal. 4.-La identidad de la Administración concursal es don Vicente Puchol Aliaga, economista, el domicilio postal de la misma es la calle Orense, 85, 28020 Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC. Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado se tendrá por no comunicado. 5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado. Madrid, 25 de julio de 2012.- Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.